La jueza de instrucción María Cristina Barrionuevo se basó en las múltiples intervenciones realizadas por el Tribunal de Cuentas y en el descargo de los funcionarios involucrados, para desestimar la causa judicial donde se investiga la presunta utilización de fondos reservados en el área de Seguridad del gobierno provincial.
Río Grande.- La jueza de Instrucción de Ushuaia, María Cristina Barrionuevo, argumentó que las imputaciones realizadas a funcionarios del Gobierno, por la supuesta utilización de fondos reservados para adquirir material de Seguridad, pueden constituir irregularidades pero no delitos. Tuvo en cuenta múltiples informes del organismo de control, donde se sostiene que el encuadre legal de las operaciones fue el correcto. Y también consideró los descargos realizados por las autoridades involucradas.
Así se desprende de los fundamentos de la medida judicial a los que accedió EDFM y que sirvieron para “rechazar el requerimiento fiscal de instrucción”, por “no constituir delito” los hechos denunciados.
El caso había comenzado en Río Grande el año pasado, a raíz de la denuncia formulada por el ex legislador Horacio Miranda que luego motivó la declaración de incompetencia de la Justicia de Río Grande y el giro de las actuaciones a Ushuaia.
Miranda denunció que de la reunión de la comisión de presupuesto de la Legislatura provincial, a la que asistió el ex secretario de Seguridad, Ezequiel Murray, surgió una supuesta violación a la Constitución provincial por admitirse el uso de fondos reservados, por un monto de $17 millones, para la compra de material de seguridad.
El ex legislador primero, y luego el ex fiscal Mayor Guillermo Massimi, entendieron que ello podría constituir el delito de violación de los deberes de funcionario público, mientras que la denuncia también involucró al legislador Pablo Blanco (presidente de la comisión presupuestaria) por no haber denunciado el hecho a pesar de haber tomado conocimiento de él, en esa reunión de comisión.
En concreto, la investigación alude a los expedientes administrativos N°15146-SS/16; N° 2972-SS/2017 y 6960-SS/17 que se tramitaron por contratación directa y sin la intervención de control preventivo del Tribunal de Cuentas.
Murray habló en la Legislatura de “gastos reservados” y encendió la polémica, aunque funcionarios del Gobierno explicaron en los días posteriores que no eran “gastos reservados” sino “secretos”, y citaron la ley 1015 que autoriza contrataciones directas “cuando las circunstancias exijan que las operaciones del Estado provincial se mantengan secretas».
“No se verificó la hipótesis delictiva”
La jueza Barrionuevo llegó a la conclusión de que tras los “pormenorizados informes” legales del Tribunal de Cuentas, surge una “clara y sistemática tarea de control y análisis” que motivó observaciones y descargos pero que no implica la comisión de delitos.
“No se han verificado las hipótesis delictivas delineadas por el fiscal Mayor Massimi en el requerimiento de instrucción (…) toda vez que las “irregularidades” o “incumplimientos formales” señalados por los auditores fiscales, no poseen significación penal”, concluyó la jueza al desestimar el caso.
También argumentó que “no todo incumplimiento puede llegar a constituir el delito de Incumplimiento de los deberes de funcionario público, ya que el mismo requiere una intención maliciosa o dolo determinado, que consiste en atentar contra la Constitución, o leyes determinadas, siendo la malicia un elemento inherente a este delito y debe estar comprobada debidamente”.
En relación a los hechos, la magistrada tuvo en cuenta los informes del organismo de control de donde se desprende que existían justificaciones para encuadrar las compras como secretas.
“En ese contexto normativo, devienen evidentes las razones que sustentan en este caso una contratación bajo secreto, pues ventilar la tecnología referida desvirtuaría el objetivo tenido en miras (…) En consecuencia, la contratación dirigida a la compra de equipamiento para la seguridad de la provincia, habría sido correctamente enmarcada en el inciso h) del artículo 18 de la Ley provincial Nº 1015 y, según lo dispuesto por el artículo 34, estaba exceptuada de la exigencia de publicidad y difusión que dispone la normativa vigente para las restantes operaciones”, puede leerse en las actuaciones.
A su vez, Barrionuevo consideró la observación de un auditor del Tribunal de Cuentas, donde se sostuvo que “tratándose de la adquisición de vehículos destinados al uso de la Comisaría Cuarta de Río Grande, no existen motivos que justifiquen otorgar el carácter de secreta a la misma”.
Sin embargo, al respecto valoró el descargo de Murray y de un informe de la Jefatura de Policía que justificó el carácter secreto, aun de la adquisición de esos vehículos.
Sobre el desempeño del legislador Blanco, opinó que de lo ocurrido en la reunión de comisión no se desprendía la clara comisión de un delito, por lo que tampoco puede imputársele no haber formulado la denuncia.
A pesar de la resolución de la jueza Barrionuevo, todavía resta saber si la Fiscalía recurrirá el pronunciamiento para determinar si la causa continuará o será remitida al archivo.
En caso de una apelación, el caso será enviado a la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de la Provincia.