El concejal adelantó que insistirá con su Proyecto de Ordenanza que establece sanciones y multas para aquellas personas que rompan la infraestructura de la ciudad. Propone que los responsables de los daños se hagan cargo de las reparaciones y que, si el infractor es menor de 18, los padres o tutores deberán pagar por los daños causados. El proyecto también impulsa tareas comunitarias.
Río Grande.- El concejal Raúl von der Thusen anticipó este miércoles que insistirá con la aprobación de su proyecto que busca modificar la actual Ordenanza Municipal N°2859/2011 respecto al régimen especial de faltas para la minoridad, responsabilidad parental, y responsabilidad por cualquier tipo de daño causado en los espacios públicos.
El proyecto manifiesta que, ante los reiterados hechos de vandalismo registrados en nuestra ciudad, quienes cometan cualquier tipo de delito que dañe los espacios públicos de Río Grande, el involucrado/a debe afrontar los daños causados a través del pago de una multa, tareas comunitarias y reparando el espacio perjudicado.
En este sentido, von der Thusen manifestó que “es obligación de todos los ciudadanos actuar cívicamente en el uso de los bienes e instalaciones que integran los espacios públicos de la ciudad, teniendo en cuenta que existen actitudes irresponsables por parte de individuos minoritarios, que se manifiestan en el mobiliario urbano, y en otros bienes, que suponen gastos de reparación importantes, e impiden que dichos importes sean destinados a adquisición de nuevo mobiliario urbano, y que al ser afrontados por la Municipalidad, en realidad son afrontados a través de los impuestos de todos los vecinos”.
Por tal motivo, el edil puntualizó que “con este proyecto incorporo el artículo 15 bis a la Ordenanza N°2859/11, donde el infractor, en caso de que se trate de un menor de 18 años, la acción se seguirá contra el padre, madre, tutor o encargado y si el responsable del menor no cumple con las sanciones establecidas en los incisos precedentes, se imputará el monto del daño ocasionado directamente en los tributos municipales a nombre del contribuyente”.
Asimismo, agregó que “deberán realizar trabajos en a favor de la comunidad en reparticiones públicas o en entidades privadas de bien público, teniendo en cuenta que la labor será equivalente en días y horas al daño ocasionado”.
Finalmente, advirtió que “para los casos donde los bienes dañados sean edificios, monumentos o estatuas declarados históricos o que formare parte del patrimonio público o arquitectónico municipal o que hayan sido declarados de protección histórica o ambiental, será sancionado con multa superior a lo establecido en el mismo artículo”.