Un juez debe tener “el tacto y la solvencia de no dañar a ese Poder del Estado” al que pertenece, dijo la Dra. María del Cármen Battaini

La Presidenta del Superior Tribunal de Justicia, evitó personalizar la cuestión del uso de redes sociales por parte de magistrados y funcionarios del Poder Judicial Fueguino, sin embargo recordó: “En general que tenemos un protocolo de actuación en redes sociales es muy claro y está colgado en la página” y agregó que un juez debe tener “el tacto y la solvencia de no dañar a ese Poder del Estado” al que pertenece

Río Grande.- Días atrás, la jueza Correccional de la ciudad de Ushuaia, Felicitas Maiztegui Marcó, volvió a usar las redes sociales y puso en tela de juicio la cantidad de personas desaparecidas durante la última dictadura militar en Argentina.

Dra. Felicitas Maizqtegui Marcó, Juez de la Provincia.

El tuit causó malestar y la Unión de Empleados Judiciales aseguró que solicitarían el juicio político a la magistrado. Por su parte, la Presidente del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, la Dra. María del Cármen Battaini, dijo: “No voy a hablar de la Jueza Felicitas Maizqtegui Marcó, ni de ninguno de los jueces que interviene en las redes sociales, simplemente recordar en general que tenemos un protocolo de actuación en redes sociales es muy claro y esta colgado en la página”.

Las declaraciones fueron vertidas en el programa Tarde pero Seguro que se emite en FM Líder, allí la Dra. Battaini explicó: Es una preocupación muy grande todo lo que significa tecnología y redes sociales, porque son nuevos desafíos y estos nuevos desafíos los hemos abordado desde el Superior Tribunal de Justicia, tenemos un protocolo de actuación en redes sociales es muy claro y esta colgado en la página – http://infojudicial.justierradelfuego.gov.ar-.

Asimismo, la titular del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, recordó: “Aquella vez, hice hincapié a que estamos adheridos al Código Iberoamericano de Ética Judicial, y en ese código, habla de la Conducta del Juez del Siglo XXI, se fijan pautas y principios comunes de cómo debe actuar un juez, lo que significa es que, un juez debe comportarse como tal, tanto en su vida privada como en su vida publica, porque uno no es un nombre y un apellido, sino que representa a un Poder del Estado y como tal, hay que tener la prudencia, el tacto y la solvencia de no dañar a ese poder”.

“Se que es muy difícil porque estas nuevas herramientas nos llevan a puntos que nosotros mismos no sabemos donde podemos llegar, entonces hay que ser mucho más prudente”, enfatizó Battaini.

Convencida de sus dichos, aseguró: “Yo no tengo Twitter, ni Facebook  justamente por mi función pública, no quiero exponer al Poder Judicial con tal de no dañar a un poder del estado”.

Por último, a modo de reflexión, la funcionaria judicial expresó: “Son temas que hay que analizar, que merecen ser debatidos y son temas difíciles en cuanto a la incidencia que tienen y que nos abordan y nos desbordan, que significa que tenemos que conocer para comportarnos en función de  ese conocimiento”.

Battaini enfatizó que “todos los funcionarios estamos adheridos a este Código de Ética, que el Código no es para sancionar, son los que nos marcan conductas de protección”.

 

 

Poder Judicial Fueguino y la adhesión al Código Iberoamericano de Ética Judicial

Con fecha 19 de febrero de 2019, se publicó la Resolución 03/19, mediante la cual el Poder Judicial de Tierra del Fuego, busca establecer estándares que trasciendan las conductas personales, incorporándose al diagrama normativo institucional. Está destinado a Magistrados y Funcionarios.

El Código Iberoamericano de Ética Judicial consta de 95 artículos, que se rigen por 13 principios básicos: independencia, imparcialidad, motivación, conocimiento y capacitación, justicia y equidad, responsabilidad institucional, cortesía, integridad, transparencia, secreto profesional, prudencia, diligencia y honestidad profesional.

Entre los considerandos de la Resolución 03/19, firmada el 6 de febrero pasado por los jueces del Superior Tribunal de Justicia, Doctores María del Carmen Battaini, Gonzalo Sagastume y Javier Muchnik, se destaca la necesidad de promover un Poder Judicial con especial mirada a la ciudadanía, que garantice a los justiciables su derecho fundamental de una justicia “independiente, imparcial, transparente, responsable, eficiente, eficaz, equitativa”.

Sin perjuicio de la Ley 352 se estima apropiado adoptar un conjunto de principios al que deberán ajustar sus conductas aquellos a quienes la sociedad ha encomendando la misión de impartir justicia.

Por tal motivo, resulta necesario adherir al Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, que fuera adoptado por la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana, entendiendo que tal instrumento representa un compendio acabado de los principios y criterios a contemplar.

El Código Iberoamericano de Ética Judicial fue adoptado en el año 2006 en la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana y modificado en 2014 en la XVII Reunión Plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana.

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