La Unión de Empleados de Justicia de la Nación formalizó un pedido de juicio político a la jueza Felicitas Maiztegui Marcó. Es por sus declaraciones sobre la dictadura militar, los organismos de Derechos Humanos y figuras como Estela de Carlotto. En el pedido aseguran que “la magistrada confunde “libertad de expresión” con una bestial apología al odio y al negacionismo del terrorismo de estado”.
Ushuaia – La nota, dirigida al presidente del Consejo de la Magistratura, Gonzalo Sagastume, la firman el secretario General de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación, Julio Piumato, y el secretario Adjunto, Luis Bechis, en ella manifiestan que “venimos mediante la presente a solicitar se arbitren los mecanismos correspondientes para someter a juicio político a la Dra. Felicitas Maiztegui Marcó, en virtud de su incapacidad moral para detentar su actual investidura de magistrada, su nula vocación democrática, total desprecio al estado de derecho bajo imperio de la ley y falta de observancia de elementales principios de derechos de rango constitucional, receptados tanto en nuestra Constitución Nacional como Provincial”.
Advierten los dirigentes judiciales que “Son de público conocimiento las declaraciones que esta magistrada ha vertido, reproducidas por innumerables medios gráficos, digitales, radiales, etc. sobre la última dictadura genocida, que desató la peor masacre de la historia Argentina, anulando el estado de derecho y la división de poderes”.
Indican que “solo a modo de ejemplo, acompañamos algunos de ellos para demostrar que surge de las mismas palabras de la Dra. Maiztegui la prueba máxima de su falta de decoro, desconocimiento grave del derecho e inhabilidad moral para ejercer la judicatura. Sobre Abuelas de Plaza de Mayo y los crímenes contra la humanidad, o crimen de lesa humanidad, se entienden, a los efectos del Estatuto de la corte penal internacional aprobado en julio de 1998, diferentes tipos de actos inhumanos graves cuando reúnan dos requisitos: “la comisión como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población.- Estos delitos pueden ser fundados en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos o culturales. Para que un delito pueda ser considerado como de «Lesa Humanidad» tiene que haber sido cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático”, remarca el texto citado.
Luego refieren que “La Corte Penal Internacional (erróneamente llamada en ocasiones Tribunal Penal Internacional) es un tribunal de justicia internacional permanente cuya misión es juzgar a las personas acusadas de cometer crímenes de genocidio, de guerra, de agresión y de lesa humanidad. Luego, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo, en el caso “Arancibia Clavel, Enrique” (Fallos:327:2312), que por tratarse de delitos de lesa humanidad correspondía la aplicación retroactiva de la imprescriptibilidad de la acción penal..-Y, más tarde, en “Simón, Julio Héctor”, declaró la inconstitucionalidad de las leyes 23.492 (punto final) y 23.521 (obediencia debida), negándole a dichas normas cualquier efecto que pudiera oponerse al avance de los procesos o al juzgamiento y eventual condena de los responsables, u obstaculizara las investigaciones en curso (Fallos: 328:2056)”.
“No es la primera vez que esto ocurre, dado que la magistrada confunde “libertad de expresión” con una bestial apología al odio y al negacionismo del terrorismo de estado. Actitudes como ésta, ensucian a la judicatura en general, pero particularmente a la de ésta Provincia y es por ello que solicitamos se dé inicio a estas actuaciones sin más dilaciones.- Que no debe ser Juez Penal en la Provincia ni en la República Argentina, quien está de acuerdo con el principio constitucional de que nadie puede ser condenado -y menos a la pena de muerte-, sin juicio previo y debido proceso”, indica el texto.
Vale mencionar que el texto presentado al presidente del Consejo de la Magistratura se envió adjuntándole un comunicado de la organización gremial y notas periodísticas referidas a las polémicas declaraciones de Maiztegui.