El abogado previsionalista representa a varios jubilados tanto en la demanda de inconstitucionalidad de la ley de emergencia 1068, como en los reclamos por la errónea interpretación de la ley 1210 por parte de Rubén Bahntje. Advirtió que la caja deberá devolver sumas millonarias y para septiembre se esperan las primeras sentencias, que sentarían jurisprudencia en la provincia. Explicó que la movilidad semestral no tenía efecto retroactivo, “ni en la letra de la ley 1.210 ni en la reglamentación”, sin embargo el presidente de la caja la aplicó a todos los pasivos. Remarcó que, si bien no hubo aumentos salariales significativos en la administración central, sí se otorgaron en los municipios, otros poderes provinciales y organismos descentralizados. La mora afecta no sólo salarios percibidos en menos, sino aguinaldos que no se liquidaron con los aumentos. “Habrá que revisar caso por caso”, sostuvo, con una estimación de Bahntje de 420 millones que, para el abogado, podría elevarse al doble.
Río Grande.- El Dr. Félix Santamaría, abogado especialista en derecho previsional, se refirió por Radio Provincia a las implicancias de la derogación del artículo 6° de la ley 1.210, que estableció la movilidad semestral. Consideró que “es un paso muy importante porque el problema acá era la aplicación en forma retroactiva de un régimen que estaba destinado a futuro. La ley 1.210 en ningún momento preveía modificar las situaciones consolidadas de jubilados con el régimen anterior, y ni siquiera lo preveía la reglamentación. Pero el instituto vino aplicando la movilidad semestral con la norma general que introdujo la ley 1.210. Esta norma no debió regir para los jubilados ingresados al sistema con la normativa anterior”, subrayó.
“Esto se discutió bastante, ahora en comisión se apoyó el proyecto del MPF y calculo que a fin de mes estarán resolviendo la derogación de este artículo, que será para todos, y luego la discusión va a pasar por el pago de las retroactividades. La presidencia de la caja estableció un promedio de 420 millones de pesos, pero no creo que esa sea la suma final. Es lo que se debe establecer por aumentos que deberían haber otorgado en su momento”, dijo.
Observó que “no solamente no se dieron los aumentos de la administración general, sino los que dieron los municipios en tiempo y forma y otros organismos aportantes al sistema. De 2018 algunos afiliados recibieron en forma tardía un 15%, los aumentos se vieron reflejados a los seis meses e inclusive afectaron los aguinaldos. Hay un montón de ajustes que se tendrán que hacer para cuantificar todas esas diferencias. Además se modificaron las bases de cálculo con responsabilidades jerárquicas. Hay que revisar caso por caso para dar en forma automática los aumentos otorgados”, aseguró.
Estimó que la liquidación “va a demandar tres o cuatro meses para llegar al jubilado. Si se aprueba la modificación en agosto, estamos hablando de diciembre”, con lo cual heredará este problema la gestión de Melella.
Por Radio Nacional Ushuaia, consideró que hubo un exceso en el intento de ahorrar fondos de la caja, y que ese ahorro rápidamente se va a diluir en el corto plazo. “Hay un informe de Rubén Bahntje que se presentó en la reunión de comisión de la Legislatura, donde dice que había 1.200 jubilaciones otorgadas en los tres años y medio de gestión de Bertone, pero muchas de ellas son trámites iniciados con anterioridad a la ley. Antes uno podía ingresar a las resoluciones del Directorio en forma automática y veía la cantidad de expedientes administrativos iniciados. Ahora no surge ninguna información de concesión de beneficios, pero casi todos son anteriores al 2015, concedidos durante 2016 y 2017”, dijo, por lo cual la mayoría no debió estar alcanzada por la reforma de la movilidad.
“Luego de la reforma de la ley 1.210, son pocos los beneficios iniciados, porque la gente ha optado por irse a la ANSES. En el caso de los docentes, la ANSES les respeta el 82% móvil con los mejores 36 meses y, si residen en la zona patagónica, cobran un 40% más. En algunos casos la diferencia es de alrededor de 30 mil y 40 mil pesos entre uno y otro sistema, a favor del nacional. Hace poco hubo un caso de un docente de una escuela especial. En la caja le exigían veinte años, y yo le dije que se presentara e hiciera el trámite en ANSES. Hoy está cobrando una suma cercana a los 90 mil pesos, de los cuales 40 mil pesos corresponde a la zona. Es una diferencia importante”, remarcó, como muestra de una reforma del régimen fueguino que fue más allá del nacional.
Según el abogado actualmente hay “5.600 jubilados en condiciones de accionar contra la caja por aplicar de manera retroactiva la movilidad semestral. El presidente de la caja informó que implicaría unos 420 millones de pesos, pero dudo de que esa sea la cifra, puesto que a la retroactividad por la movilidad semestral mal aplicada se le sumaría la inconstitucionalidad de la ley de emergencia previsional 1.068, con los primeros fallos que se conocerían “en septiembre” y sentarían jurisprudencia en la provincia para el resto de los casos análogos.
Indicó que la legisladora Urquiza reconoció que “por la interpretación de la norma que realizó la caja de previsión, hay diferencias para reclamar”.
El abogado remarcó que “siempre se respetó el régimen anterior, salvo que el nuevo régimen fuera favorable al jubilado. Los derechos consolidados están consolidados y por lo tanto la norma rige para el futuro. La ley 1.210 en ningún momento estableció la forma de aplicación retroactiva”, reiteró, más allá de la interpretación que le dio Rubén Bahntje.
Agregó que “hay dos mil jubilados que se rigen por la ley 244, de la época del territorio. Esa ley no fue derogada y se aplicó una interpretación forzada de la ley 1.210, con un régimen que no estaba vigente para ellos”.
Consultado sobre la respuesta de Bahntje a los reclamos que se vienen realizando, dijo que “desde la caja contestaron en su momento que el régimen es de carácter general y similar a la última reforma introducida a nivel nacional por el Ejecutivo. Pero ya la Corte se definió en un caso nacional y esas reformas no se pueden aplicar de forma retroactiva”.
“Ahora hay que ver el proyecto que se apruebe en la Legislatura y entiendo que tiene que contemplar esta situación. Se tendrán que recalcular todas las prestaciones de la caja de jubilaciones, pagando las retroactividades correspondientes”, sentenció.
“Hay organismos como el Superior Tribunal de Justicia, el Tribunal de Cuentas, el Poder Legislativo, la DPE, los municipios, que tuvieron aumentos durante 2016, 2017 y 2018, y esos aumentos fueron semestrales. Si la norma es clara, tendrán que pagar las retroactividades de los aumentos de al menos dos años, contando a partir de la vigencia de la ley 1.210”, manifestó.
“En ningún punto de esa ley ni en el decreto reglamentario se estableció una interpretación retroactiva. Además en el estudio nosotros estamos planteando la inconstitucionalidad de la ley 1068 y los reclamos por la ley 1.210, es decir que son dos reclamos distintos y es una diferencia importante. Yo no tengo los números en este momento, pero hay muchos expedientes judicializados, hay que pagar intereses y posiblemente las costas, que irán sobre la caja”, señaló.
“Técnicamente si sale la inconstitucionalidad de la ley 1.068, la cifra de 420 millones se iría al doble, más intereses y costas, y esto lo debe pagar la caja. Como mínimo van a ser 420 millones por el pago de las retroactividades de la ley 1.210. Son 6.200 beneficios y hay que revisar uno por uno antes de liquidarlos”, concluyó el letrado.