Se trata de Gerardo Saúl Núñez un hombre de 50 años, detenido a quien se le vence la prisión preventiva, en el mes de julio próximo. Aunque son varias las causas que recaen sobre este hombre, entre ellas otras por hechos de violencia de género, en esta ocasión, sólo enfrentará al Tribunal Oral, por el delito de “incendio”. El fiscal de la causa, el Doctor Jorge López Oribe había solicitado una omisión de debate, donde había pedido 3 años de prisión. El pedido fue rechazado por los magistrados, y es así que se llega a la instancia de debate, el lunes 29 de junio.
Río Grande.- El caso de Gerardo Saúl Núñez ocurrió en junio del año pasado al ser detenido luego de prender fuego la casa de su ex pareja, y quien en el mismo momento del siniestro, había salido hacia la comisaría de Género, a efectuar una denuncia debido a los incesantes ataques que sufría por parte de Núñez. Cuando la mujer salió, habían quedado en la casa de pasaje Avellaneda, sus hijos adolescentes y otros más pequeños.
Núñez, sabiendo que los niños estaban los chicos en el lugar, y que la mujer lo estaba denunciando, incendió el lugar. Por fortuna, los niños salieron ilesos.
De esta manera, este lunes 29 de junio Núñez irá a juicio oral por el delito de “incendio”, después que el Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisibles los recursos de casación planteados por el fiscal Jorge López Oribe y la defensora oficial, Lorena Nebreda.
Las partes, habían acordado dirimir la causa en una “omisión de debate” en la que el fiscal propuso una condena de 3 años de prisión, el mínimo de la escala penal, que la defensa aceptó, pero el Tribunal de Juicio rechazó, para llevar el caso a juicio.
Defensa y fiscal casaron esa decisión ante el Superior Tribunal de Justicia que dictó una lapidaria resolución en su contra.
El juez Gonzalo Sagastume consideró que la sentencia del tribunal no era “definitiva” por lo que esas casaciones son improcedentes, y se debe realizar el juicio donde se verá si el imputado es condenado o sobreseído. Por su parte la jueza María del Cármen Battaini compartió ese fundamento y fue más allá, considerando que la naturaleza del episodio merece que se vaya a juicio para aclarar bien lo sucedido, en vista del episodio de Violencia de Género de por medio.
El hecho
El grave episodio tuvo lugar en junio del año pasado, en el pasaje Avellaneda 2582 donde comenzó el fuego en una casilla de un predio donde había otras unidades habitacionales.
En el lugar el personal policial se encontró con un hombre, sumamente exaltado, el cual fue demorado, en razón de que esta misma persona esa mañana había protagonizado un hecho de violencia hacia su ex pareja que residía en la vivienda siniestrada.
En ese entonces, los bomberos trabajaron con las complicaciones del suelo con hielo lavado, ya que este pasaje estaba completamente cubierto por una gruesa capa de hielo, lo que dificultó la rapidez en la respuesta bomberil.
De igual manera el fuego pudo ser controlado, aunque los daños fueron importantes y dos casas vecinas tuvieron una afectación parcial.
Cabe indicar que al momento de producirse el hecho, cinco menores estaban en la vivienda (uno de 12, otro de 14 y otro de 6 años; además de dos bebés de 5 meses), quienes pudieron ser rescatados con vida y quedaron fuera de peligro.
Inacción judicial
En el lugar quedó detenido Gerardo Núñez un hombre que estaba muy exaltado y el cual esa misma mañana había protagonizado un incidente con su ex pareja, quien residía en la vivienda con sus hijos.
La mujer se encontraba radicando la denuncia aún cuando el hombre se presentó en la vivienda.
Al día siguiente se realizaron las pericias bomberiles que finalmente determinaron que el incendio fue intencional, mientras Núñez continuaba detenido en principio en la faz contravencional, porque la fiscalía en turno no se había presentado en el lugar ni había efectuado el requerimiento fiscal de acusación solicitado por el juez de turno, Daniel Cesari Hernández, quien sí se presentó.
El juez, en ese momento no pudo tomar medida alguna en el sitio, como una inspección ocular, en razón de no tener el impulso de la fiscal en turno, medida que obliga el Código de Procedimiento Penal, de manera que esas actuaciones no puedan ser declaradas nulas en el futuro.
Finalmente la fiscal Laura Urquiza, precisó acusación por el hecho, a partir de lo cual el juez ordenó la detención de Gerardo Núñez.