La Unión Empleados de Justicia de la Nación formalizó el ingreso de un proyecto, que tiene por objetivo implementar una serie de reformas al actual Consejo de la Magistratura. La iniciativa es parte del debate acerca del Poder Judicial de la provincia y la idea expuesta desde el sindicato desde hace un tiempo, en relación a la necesidad de “cambios de fondo” en el sistema judicial fueguino.
Río Grande.- El proyecto comienza señalando que la iniciativa “tiene por objeto modificar la Ley Provincial Nº 08, de funcionamiento del Consejo de la Magistratura, con el fin de actualizar los distintos procedimientos y adecuarlos a los criterios actuales de objetividad, igualdad de oportunidades, equidad de género, transparencia y responsabilidad”.
Se recuerda que desde la puesta en vigencia de los Decretos Nacionales 222/03 y 588/03, de autolimitación de facultades del Poder Ejecutivo Nacional, “se han instrumentado formas de mayor transparencia e igualdad para la designación de Jueces y Magistrados del Poder Judicial de la Nación y un notable incremento de la confianza pública sobre las instituciones judiciales de la nación, como así también de sus integrantes; máxime de la Corte Suprema de Justicia”.
Pero después advierten desde la UEJN que “a la vista, los resultados de los procesos implementados desde 2003 son ampliamente favorables. Esto, en gran medida, fruto de la publicidad de los antecedentes de los candidatos, la posibilidad de presentar impugnaciones y objeciones fundadas; de participar de los sistemas de audiencias públicas, junto con los mecanismos de evaluación y merituación de los postulantes que alcanzan las mejores evaluaciones. Todo esto no conforma otra situación que un contexto institucional de amplía confianza por parte de la comunidad sobre los procedimientos propios del Consejo de la Magistratura y, particularmente, del Poder Judicial de la Nación”.
Señalan los judiciales que el fortalecimiento del sistema republicano y el incremento de la calidad institucional “se trazan en base a los principios de publicidad, acceso a la información, responsabilidad de los actos gobierno, racionalidad y permanentes sistemas de rendición de cuentas. Asimismo, resulta necesario incorporar variables no contempladas en los sistemas anteriores de selección, como ser el respeto por la diversidad de género, especialidades profesionales dentro de las ramas del derecho y las perspectivas que aporta la multiplicidad generacional, particularmente para la conformación de las distintas cámaras, tribunales del juicio y el propio Superior Tribunal”, puntualizan.
Indicando luego que “resulta inevitable considerar como criterio de selección para los postulantes los presupuestos mínimos que ha suscripto el Estado Argentino al momento de incorporar al derecho interno del país los distintos Tratados Internacionales de Derechos Humanos”. Y mencionando que “el derecho de la ciudadanía por participar de los distintos procedimientos de selección y remoción de magistrados se ha plasmado en el transcurso de los últimos años, por lo cual resulta oportuno incorporar diversos mecanismos que recepcionen las iniciativas de las organizaciones profesionales, sindicales, no gubernamentales y de la comunidad en general, con el objetivo de dar cumplimiento a los distintos derechos y obligaciones emanados de la Constitución Provincial de Tierra del Fuego”.
En otro tramo, el proyecto de la UEJN menciona que “el Reglamento del Consejo de la Magistratura ha incorporado algunos de los principios que deben de recepcionarse para la modificación del funcionamiento del cuerpo, particularmente aquellos que ampliaron los sistemas de publicación y participación, pero éstos no han sido promovidos con rango de Ley Provincial”.
Advirtiendo además que “resulta necesario establecer que los dos consejeros abogados por cada una de las ciudades de Ushuaia y Río Grande deben ser electos por la matrícula de letrados en ejercicio y representar, entonces, a quienes litigan en el poder judiciales y a sus respectivos patrocinados”.
Entre las funciones propuestas para el Consejo de la Magistratura se menciona: Proponer al Poder Ejecutivo el Vocal Abogado del Tribunal de Cuentas. Proponer al Poder Ejecutivo los miembros del Superior Tribunal de Justicia. Proponer al Superior Tribunal de Justicia la designación de los Magistrados. Prestar acuerdo mediante voto fundado a la designación de los miembros de los ministerios públicos y demás funcionarios judiciales. Constituirse en Jurado de Enjuiciamiento en los casos previstos en la Constitución Provincial.
También se indica en el proyecto que el Consejo de la Magistratura estará integrado por: Un miembro del Superior Tribunal de Justicia que será designado por este, conjuntamente con un suplente. Un Ministro del Poder Ejecutivo y un suplente que será designado por el Gobernador de la Provincia. El Fiscal de Estado de la Provincia. Dos legisladores titulares y dos suplentes designados por la Legislatura por mayoría absoluta de los miembros totales del Cuerpo, pertenecientes a dos bloques legislativos de distintos partidos políticos. Dos abogados titulares y suplentes electos conforme las prescripciones del artículo 7º de la presente ley.
“Con excepción del Fiscal de Estado, los restantes Consejeros durarán un año en sus funciones y podrán ser reelectos. Los mandatos son improrrogables”, advierte el texto presentado por la UEJN. Conjuntamente con los Consejeros titulares, deberán designarse en igual número los suplentes por idéntico procedimiento y plazo, debiendo reunir además las mismas condiciones exigidas para aquéllos. Aclarando que el suplente del Fiscal de Estado será el Fiscal Adjunto.
El extenso y detallado proyecto avanza sobre aspectos como la forma de elección de sus miembros, el funcionamiento del organismo y otras cuestiones relacionadas con la conformación y el rol del Consejo de la Magistratura. La UEJN propone reflotar un proyecto de modificación del Consejo de la Magistratura que “sintetiza el trabajo realizado por distintas instituciones provinciales y nacionales que oportunamente se abocaron al estudio sobre la democratización del organismo provincial de selección y remoción de jueces”.
Entre los principales cambios, el proyecto de la UEJN sostiene que los jueces deberían ser elegidos mediando un concurso público de oposición y antecedentes, dividido en tres etapas: Evaluación de Antecedentes, Prueba de Oposición Escrita y Oral, y Entrevista Personal. La iniciativa es parte del debate acerca del Poder Judicial de la provincia y la idea expuesta desde el sindicato desde hace un tiempo, en relación a la necesidad de “cambios de fondo” en el sistema judicial fueguino.