Por el Dr. César Augusto Lerena (*)
Convencidos la mayoría de los países con Zona Económica Exclusiva (en adelante ZEE) en el Atlántico Sur, en la 50a. sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones se dictó la Res. 41/11 el 27 de octubre de 1986 donde se declaró al Océano Atlántico, en la región entre África y América del Sur, como «Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur» (ZPCAS) y se exhortó a todos los Estados de esta área «a promover una mayor cooperación regional, entre otras, para el desarrollo económico y social; la protección del medio ambiente; la conservación de los recursos vivos y, la paz y seguridad de toda la región» a la par de impulsar -en especial a los Estados militarmente importantes- que respeten escrupulosamente a esa región como zona de paz y cooperación, en particular mediante «la reducción y eventual eliminación de su presencia militar en dicha región, la no introducción de armas nucleares o de otras armas de destrucción masiva y la no extensión a la región de rivalidades y conflictos que le sean ajenos».
América y el Caribe por el Tratado de Tlatelolco (1967), ya se habían convertido en la primera región desnuclearizada (Alfredo Palacios, 30/10/18), cuestión que violó el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en adelante el Reino Unido) a partir de 1982.
Independientemente de las cuestiones relativas a la eliminación del apartheid y a la libre determinación e independencia de Namibia que refirió la Asamblea e, instar a la aplicación de todas las resoluciones referidas al colonialismo, el racismo y el apartheid; como un hecho muy importante, en relación de la ocupación británica de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur (en adelante Malvinas), la Asamblea también exhortó a los Estados de la región y a todas las demás regiones a que «…respeten la unidad nacional, la soberanía (…) y la integridad territorial de todos los Estados (…) observen estrictamente el principio de que el territorio de un Estado no debe ser objeto de una ocupación militar (…) así como el principio de que es inadmisible la adquisición de territorios por la fuerza».
El Atlántico Sur es la frontera común entre dos continentes que con anterioridad estaban unidos geológicamente y, ahora están separados por un extenso espacio marítimo que linda con las costas americanas, africanas occidentales y antártica. Los límites del Atlántico Sur son en la latitud al norte del Ecuador y al Sur en 66°33´5” donde se encuentra el Círculo Antártico. Los límites medidos en longitud son entre 70° Oeste y 20° Este. Rebasa la cuestión geográfica del Atlántico Sur e incluye archipiélagos como Cabo Verde. (González, Ariel S. Universidad Kennedy, 2007).
Angola, Argentina, Benín, Brasil, Cabo Verde, Camerún, Costa de Marfil, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea-Conakri, Guinea-Bissau, Guinea Ecuatorial, Liberia, Namibia, Nigeria, República del Congo, República Democrática del Congo, Santo Tomé y Príncipe, Senegal, Sierra Leona, Sudáfrica (se incorporó en la cumbre de Brasilia de 1994), Togo y Uruguay suscribieron la «Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur» (en adelante ZPCAS) y, quedaron afuera de ello, las islas Asención y Tristan da Cunha, que son colonias británicas e, inclusive, nuestras Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur que, podrían interpretarse como participantes al ser parte de nuestro territorio nacional, pero sin concretarse mientras se encuentren ilegalmente ocupadas por el Reino Unido. Este hecho notable debería contribuir a aislar al Reino Unido en el Atlántico Sur, ya que resulta inaceptable la presencia de buques y submarinos nucleares de la Armada en la región y la ocupación territorial marítima y la explotación ilegal de los recursos naturales, en contradicción con lo resuelto en la Res. 31/49 de las Naciones Unidas; a la par de quedar marginada de cualquier proyecto global sur-sur que lleven adelante estos países respecto a la “Zona”.
Dejaré de lado la historia respecto a los avances y retrocesos desde 1986 a la fecha de la ZPCAS, sí diré, que los distintos gobiernos argentinos carecieron de una Política de Estado al respecto y llevaron adelante tácticas contradictorias, que fueron, desde no efectuar declaraciones finales sobre la cuestión Malvinas en las reuniones; minimizar el valor de la ZPCAS ausentándose el Canciller argentino en las deliberaciones, hasta tener alguna mención específica relativa a cumplir con la Res. 2065/65 de la ONU, incluso, con el apoyo de países de la Comunidad de las Naciones Británicas. Nada o casi nada respecto a la explotación de los recursos naturales y en especial a los migratorios, cuya captura afecta al ecosistema y consecuentemente a la explotación nacional del total del stock disponible originado en la ZEE Argentina.
En síntesis, entiendo, que la Argentina ha desaprovechado hasta la fecha esta relación afroamericana unánime para favorecer la posición de Argentina en el Atlántico Sur, en particular, en lo relativo a Malvinas y la explotación de los recursos naturales y muy especialmente los migratorios.
Los Acuerdos, Tratados, Declaraciones, hojas de ruta (Acuerdos de Madrid, Pacto de Foradori-Duncan, Acuerdo de Nueva York, etc.) no han sido, lo que jurídica y diplomáticamente todavía se discute, han sido lisa y llanamente cesiones de Argentina al Reino Unido y a los Estados de Bandera y la consolidación de la extranjerización del mar argentino.
De tal modo que, tenemos al menos tres problemas: El primero, hay que desactivar esas cesiones; el segundo, los británicos tienen ocupado militarmente 1,6 millones de km2 de la ZEE Argentina y dentro de él a los Archipiélagos de Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y están en una situación geopolítica de prevalencia respecto a la parte meridional del Atlántico Sur, la Antártida y el Estrecho de Magallanes y, el tercero, hay recuperar un millón de toneladas de productos pesqueros que se capturan en forma ilegal (INDNR) con o sin licencia británica en el Atlántico Sudoccidental. No parece que, en esta situación, la Argentina pueda desatender este importante foro, la más importante convención sur-sur.
En su política exterior de afianzar las relaciones con el África, la República Federativa del Brasil ha sido el principal promotor de esta iniciativa; pero, la Argentina debería empezar a prestarle mucho interés, porque tiene varias razones de peso como he apuntado. Para ello, debería darle especial atención a las cuestiones de organización de modo de promover las acciones y acuerdos de cooperación, ya que la actual estructura no cuenta con la dinámica suficiente, en la búsqueda de alcanzar la entidad internacional indispensable para sostener con fuerza nuestras iniciativas; promover acuerdos respecto al transporte marítimo; el cuidado ambiental y de los recursos de las ZEE y del dominio de las especies migratorias y, potenciar la relación y los negocios con los países africanos costeros occidentales. Por ejemplo, las relaciones con Angola que naciera en 1988 con Alfonsín; en 2013 el gobierno la dinamizó con la designación del embajador Julio Lascano y Vedia quien accedió a una Embajada inexistente. Se hicieron varios convenios de cooperación que llevaron la balanza comercial de 150 a 400 millones de dólares y, hoy Angola está entre las que tienen balanza favorable para la Argentina. África es un mercado demandante de alimentos y tecnología que nuestro país puede proveer. Ello, no solo permitiría un intercambio de bienes sino un mayor interés africano en las cuestiones argentinas y en especial la relativa a los derechos de Argentina sobre Malvinas y la Antártida.
Por supuesto, que la ZPCAS, es el ámbito adecuado para tratar también, cuestiones relativas al narcotráfico, trabajo esclavo, contrabando y crimen organizado. Temas en que la Argentina debiera acordar muy especialmente con el Uruguay, respecto al apoyo a buques asiáticos que hacen apoyo en sus puertos.
En las reuniones en Luanda y Montevideo se abordaron alguna de estas cuestiones en los tres talleres preparatorios y durante la VI Reunión Ministerial de la ZPCAS, donde el gobierno argentino le dio relevancia a tres temas claves: la cuestión de Malvinas, el desarrollo de los mecanismos de las Operaciones de Paz y en el marco del Derecho del Mar, la implementación de medidas contra la pesca INDNR y la protección de los recursos genéticos marítimos (Gladys Lechini, Revista Brasileira de Estudios, 7, Jan./Jun. 2019), aunque a la luz de los resultados, los avances han sido insignificantes respecto a la custodia de la soberanía política, territorial, marítima, pesquera y alimentaria argentina.
Esta acción del bloque permitiría avances rápidos de cooperación en ciencia, tecnología y mecánica agroindustrial e intercambios tecnológicos y de regulación de la Pesca en el Atlántico Sur sin la injerencia de terceros países ajenos a ZPCAS que, a través de la CONVEMAR, pretenden como Estados de Bandera (buques extranjeros) explotar los recursos que son de dominio de los Estados Ribereños. Este es el caso de las flotas pesqueras chinas, coreanas y a taiwanesas, pero también, de las españolas que -tienen licencias ilegales en Malvinas y pescan a distancia en alta mar- y habrán de incrementar su presencia a raíz de reducirse sus capturas en aguas británicas a raíz del Brexit y transformarse en un 30% en Áreas Marinas Protegidas las aguas comunitarias.
La ZPCAS se encuentra en abierta contradicción con la CONVEMAR ya que mientras aquella alentaría el intercambio de recursos naturales entre sus miembros y, por tanto, la protección éstos en sus ZEE y los migratorios fuera de ella, desalentando la injerencia de terceros países en la región, la CONVEMAR y el Acuerdo de Nueva York promueven la explotación de los Estados de Bandera (buques extranjeros que pescan a distancia) y la formación de Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero (OROP) donde intervendrían países ajenos a la ZPCAS.
Por cierto, el fortalecimiento del intercambio y la cooperación generará mayores lazos para que los países que integran ZPCAS apoyen de mínima la posición argentina de reclamar al R.U. la negociación de soberanía según la Res. 2065/65 de la ONU y de máxima lo que ya Suramérica ha resuelto, que, es no prestar ningún tipo de apoyo (comercial, portuario, de transporte, logística, etc.) que favorezca del desarrollo del R.U. en Malvinas y, en ese sentido el gobierno de Argentina debe mantener una coherencia que no ha mantenido en las reuniones de la ZPCAS, respecto a reclamar o no sus derechos en Malvinas o, con la firma de acuerdos que autorizan vuelos desde Malvinas a San Pablo, investigaciones conjuntas pesqueras, etc. Una política pendulante de Argentina que debe terminar y ajustar sus acciones a lo prescripto en la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional.
¡Nada mucho cuesta poco! Pero ha llegado la hora de avanzar con inteligencia, rigor y perseverancia.
(*) Dr. César Augusto Lerena
Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Ex Asesor en la H. Cámara de Diputados y en el Senado de la Nación, autor de 25 libros (entre ellos “Atlántico Sur, Malvinas y Reforma Federal Pesquera”, 2019).
3 de noviembre de 2020 ©