La Corte Suprema de Justicia de la Nación consiente la decisión adoptada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Tierra del Fuego en el caso «Gómez, Lucas Gabriel s/Homicidio simple».
Río Grande.- El único imputado por el crimen de Agustina Varela, había sido absuelto, por mayoría, por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte.
Luego de las impugnaciones realizadas tanto por el fiscal como por la querella, el Superior Tribunal de Justicia anuló la absolución y remitió la causa para que se celebrara un nuevo debate y se dictara una nueva sentencia.
En cumplimiento de lo ordenado, el Tribunal de la Oralidad con asiento en Río Grande, con otra integración, reeditó el juicio y, por mayoría, volvió a absolver al justiciable.
Ello motivó que las partes acusadoras recurrieran ante el Superior Tribunal de Justicia, quien, al tomar intervención, decidió esta vez condenar a Gómez como autor del delito de homicidio (artículo 79 del CP) y remitir la causa al Tribunal de Juicio para que fijara el monto de la pena.
Contra esa sentencia, la defensa interpuso recurso extraordinario federal, el cual fue declarado inadmisible, dado que la resolución impugnada, configuraba una «sentencia incompleta» que no resolvía de modo acabado la situación del imputado, sino sólo su responsabilidad penal en el suceso investigado y su calificación legal.
Contra este pronunciamiento, los abogados defensores de Gómez articularon queja.
En fecha 25 de octubre de 2022, la Corte Suprema desestimó el recurso y demostró, tal como lo había hecho el Superior Tribunal en su oportunidad, lo prematuro de la impugnación deducida.
Cabe destacar que lo expuesto por el Procurador General de la Nación, Eduardo Ezequiel Casal, en su dictamen, remite a consideraciones ya formuladas por este Estrado al declarar inadmisible el recurso extraordinario federal.