El presidente de la Caja de Previsión Social de la provincia, Carlos Iommi, dijo que el veto que el Poder Ejecutivo dispuso se debe a “un error de técnica legislativa” en tres artículos de la reforma previsional recientemente aprobada. Por su parte el Dr. Félix Santamaría, abogado especialista en Derecho Previsional, manifestó que “de los dos aspectos vetados habría un corrimiento hacia delante de la reactualización de los haberes sin retroactividad de quienes se jubilaron desde el 2016 a la fecha, con lo cual todos los jubilados desde el 2016 están esperando esa actualización”.
Río Grande.- Mediante el Decreto 3111/22, el gobernador Melella vetó parcialmente la última reforma previsional aprobada el 30 de octubre por la Legislatura, la cual generó críticas en especial desde el sector privado y gremios estatales que no se sintieron incluidos en la misma.
De esta forma se vetó en forma total el artículo 13 que establecía que quienes obtuvieron sus jubilaciones a partir de enero del 2016 podían solicitar el recálculo del haber con la nueva Ley, considerando sueldos de sus últimos 60 meses trabajados, en lugar de 120 meses. De esta forma, solo serán beneficiados con el nuevo cálculo quienes se jubilen con posterioridad a que esta entre en vigencia.
Así, solo serán beneficiados con el nuevo cálculo quienes se jubilen con posterioridad a que entre en vigencia la nueva norma. Recordemos que se había adelantado que eran cerca de 900 los jubilados en esas condiciones.
Además se vetó parcialmente los artículos 2, que habilita el aumento de aportes personales en caso de déficit; y 14, que establece la jubilación extraordinaria.
Respecto a la jubilación extraordinaria que permitirá jubilarse hasta el 2027 con 55 años de edad, el veto parcial dejó sin efecto la ‘tabla’ que incrementaba el porcentaje de la jubilación a partir de los 55 años, y que permitía al jubilado continuar aportando y actualizar su jubilación al 82% al cumplir los 60 años.
Ahora, quienes se jubilen con 20 años de aportes a la Caja provincial obtendrán un beneficio del 69% del promedio de sus últimos 60 meses en actividad, sin importar la edad y sin posibilidad de recalcular el haber al cumplir 60 años de edad.
En dialogo con FM Master’s, el Dr. Félix Santamaría, abogado especialista en Derecho Previsional se refirió sobre el veto parcial de la ley jubilatoria señalando que “en su momento decíamos que es una especie de régimen de jubilación extraordinaria, fue modificado porque se contraponía contra las prestaciones de jubilación ordinaria, articulo 29/561 y en especial porque sigue vigente desde el 2016 una escala que establece el artículo 20 de la ley 1076 porque en su momento la intención de los legisladores era alcanzar que varones y mujeres se jubilaran con 30 años de servicio y 60 años de edad, habiendo una escala hasta 2035 adicionando un año más de edad y un año más de servicio, por ejemplo en este momento una mujer para el acceso al beneficio de jubilación ordinaria necesita 53 años de edad y 28 años de servicio”.
En este sentido dijo que “con esta jubilación extraordinaria era evidente que se contraponía con esa norma, técnicamente se producía una derogación tácita del régimen general porque la gente por una cuestión de paridad si o si mejora porque va a cobrar el 82% e iba a optar por el régimen de jubilación extraordinaria, inclusive aquellos que se habían jubilado con menor porcentaje, si yo puedo seguir haciendo aportes y contribuciones para llegar al 82%, lo van hacer, entonces debido a la evidente contradicción en el articulado que necesita bajar los porcentajes para que quede equiparado con el régimen general”.
Entendió que “el veto una vez que ingresa, la nota ingresó el 22 de noviembre, tiene diez días, siendo que todavía estamos en períodos de sesiones ordinarias, por lo cual si o si lo tiene que tratar la Legislatura en los próximos diez días, inclusive se puede prorrogar la sesión ordinaria por el veto para tratar esta ley, teniendo en cuenta que la próxima semana habrá una sesión en la Legislatura para tratar el veto del Gobernador y promulgar finalmente la Ley”.
También manifestó que “corrigieron unos aspectos formales de aportes y una cuestión de técnica legislativa con respecto al articulo 13 con el recalculo del haber, pero según formuló el Presidente de Caja Carlos Iommi es evidente que hay una intención de reformular los haberes jubilatorios a partir de aquellas jubilaciones concedidas a partir del 2016”.
Santamaría también manifestó que “de los dos aspectos vetados habría un corrimiento hacia delante de la reactualización de los haberes sin retroactividad de quienes se jubilaron desde el 2016 a la fecha, con lo cual todos los jubilados desde el 2016 están esperando esa actualización”.
Cabe remarcar que de quedar firme la tabla, aquella persona que se jubile con 55 años cobrará el 72% móvil del haber, con 56 años, el 74%, con 57 años, el 76%, con 58%, el 78%, con 59 años, el 80% y la jubilación plena que es el 82% móvil, de no usar esta ventana de oportunidad, se jubila por la ordinaria.
El letrado dio que “de no aceptar el veto, técnicamente tiene que salir con los dos tercios por unanimidad de la Legislatura, en cambio si aceptan el veto, con la mayoría absoluta es suficiente, o sea con ocho votos se aprueba el veto y se promulga”.
“Dejamos aclarado que había un error de técnica legislativa”
Por su parte Carlos Iommi, presidente de la Caja, informó que, en la consulta que se le formuló al organismo que preside, “dejamos aclarado que había un error de técnica legislativa, que, de promulgarse, así como estaba, no iba a poder ser aplicado”.
Consideró que ese “pequeño error” deriva en que “no se pueda reglamentar” ese particular artículo al menos.
El titular de la Caja acentuó que “en todo momento la decisión de este gobierno siempre fue la de actualizar los haberes de quienes en 2016 a la fecha hayan tenido una fórmula de cálculo establecida en el promedio de los 120 últimos haberes, no con efecto retroactivo, pero sí de acá en adelante”, por lo que, cuando puedan los legisladores corregir ese “error de técnica legislativa” quedará subsanado y vigente.
Ahora, los parlamentarios tienen un plazo de diez días hábiles, desde el pasado martes 22 de noviembre, para aceptar por mayoría las observaciones del Ejecutivo, o rechazarlas, con los dos tercios de los votos.
Iommi justificó la redacción errónea en “la vorágine del que hace, se equivoca el que hace”. E insistió en transmitir que “el gobierno y los legisladores han venido mostrando que la intención es poder recuperar no solamente el salario de los activos, sino también en ir una mejora de los pasivos” intentando despejar las dudas que el veto generó.
Para quienes se hayan jubilado entre 2016 y 2022, pidió “que se queden tranquilos, que a partir de la modificación que se propuso desde la Caja de cómo debería quedar definitivamente redactado, se va a llegar con lo que el gobernador prometió”.
Puntualizó respecto del detalle del artículo 14 que, según quedó en el texto, “se producía una inequidad respecto de situaciones singulares que no se pueden subsanar desde la Caja. Se propuso ajustar esos porcentajes como correspondería hacer, porque si no habría una inequidad que desde mi punto de vista sería incorrecta”.
La propuesta de redacción de la institución previsional, prevé que aquellos que tengan una edad menor y menor cantidad de años de aportes, “no pueden estar en una situación distinta a quienes tienen mayor cantidad de años y aportes. El haber jubilatorio de quienes acceden a esa ventana hasta el 2027, será proporcionalmente menor a quienes se jubilen de manera ordinaria”, clarificó finalmente Carlos Iommi.