El fiscal había ampliado la descripción del hecho atribuido a la imputada Florencia Mancilla, y consideró dos agravantes. El artículo 80 inciso 1°, en cuanto a la relación de pareja o ex pareja existente entre la víctima y la imputada y el inciso 2°, alevosía, por la cantidad de heridas que presentaba Baciocchi y los distintos elementos que se habrían usado para cometer el delito.
Río Grande.- En virtud de ese pedido, se amplió la indagatoria a Mancilla y se analizó si, “con la prueba incorporada se podrían acreditar los agravantes pedidos por el fiscal”, destacó una fuente confiable.
Con la relación a la solicitud de tener en cuenta, el vínculo de de pareja, o ex pareja, “valorando todas las testimoniales, los informes, lo que ya se había indicado respecto a la relación violenta en un contexto de violencia de género y citando a la Cámara en su confirmación al mencionar la relación como tortuosa, se resolvió que intentar utilizar ese tipo de vínculo para tener por acreditado un agravantes, resolta contrario a juzgar con perspectiva de género, considerando los precedentes obligatorios del Superior Tribunal de Justicia y no se hizo lugar”, confiaron a este medio.
Por otro lado, respecto a la alevosía, “la figura exige un estado de indefensión de la víctima que resulte en un actuar sobre seguro por parte de la imputada, lo que es descartado por la propia mecánica del hecho, ya que se detalla la secuencia de un forcejeo y el golpe dado en la cabeza fue posterior a las lesiones punzantes y aún después de ese golpe Baciocchi, salió por sus medios del domicilio, es decir en ningún momento estuvo inconsciente”, detallaron.
Cabe mencionar que Florencia Mancilla está imputada en la causa y sometida a derecho, desde el mismo 18 de diciembre del 2022, ocasión en que confesó a través de redes sociales, haber causado la muerte de Alexis Baciocchi.
La decisión de la jueza Cecilia Cataldo, podría ser apelada por la familia del fallecido.