La denuncia por malos tratos y abuso de autoridad por parte de integrantes de la Unión de Empelados Judiciales de la Nación contra el ex juez Daniel Césari Hernández, que devino en su posterior renuncia, evitando así un jury de enjuiciamiento, podría ser desestimada, ya que el fiscal Mayor, el Dr. Martín Bramati, entendió a partir de las cuantiosas declaraciones testimoniales receptadas y analizadas, que, el accionar de Césari Hernández no confieren delitos, aunque sí, desmanejo administrativo y para con el personal a su cargo, como así también acumulación de causas judiciales, muchas por delitos de violencia de género y abusos sexuales que datan desde hace 5 años.
Río Grande.- La denuncia contra Daniel Césari Hernández, fue radicada el 17 de marzo del 2023, debido a posibles malos tratos y abuso de autoridad, que está tipificado dentro de las previsiones del artículo 248 del Código Penal.
Ante el escándalo que dicha denuncia implicó, y teniendo en cuenta que el Consejo de la Magistratura comenzó a actuar en consecuencia, aunque a paso lento, Césari Hernández optó por presentar el 6 de julio, la nota de renuncia que fue dirigida al Dr. Carlos Gonzalo Sagastume, en ese entonces, Presidente del Superior Tribunal.
En la misiva, el ex juez, adujo para su renuncia, cuestiones personales, y de este modo, evitó el jury de enjuiciamiento.
Mientras tanto, el juzgado de Instrucción a cargo de la Dra. Cecilia Cataldo, comenzaron a receptarse las declaraciones testimoniales a las personas que se desempeñaron junto a Césari, como así también a integrantes de la Policía Científica de Río Grande, a quienes, el ex magistrado habría hecho solicitudes que se encontraban al borde de traspasar una delgada línea hacia la ilegalidad, aunque, según lo manifestado ahora por el fiscal Mayor Martín Bramati, “no ha mostrado la voluntad de dictar resoluciones o dar órdenes con el objeto de violar la Constitución Nacional o la Constitución Provincial o las leyes”.
Sin embargo, el mismo Bramati dijo: “la conducta del magistrado no ha sido congruente con su investidura; no ha puesto la diligencia necesaria en los casos que le fueron asignados; no ha tenido empatía (Afabilidad) con sus colaboradores y auxiliares de la justicia; no ha sabido priorizar situaciones o casos urgentes (para dar justicia en tiempo oportuno); no ha conducido su actuar con prudencia (ha querido imponer su pensar por encima de la formación profesional del personal de Policía Científica y de la perito del Poder Judicial) y no ha actuado con el decoro (servidor de la sociedad) que su cargo le exigía”.
“En razón de ello, la conducta del nombrado Césari Hernández, pese a ser contraria o cuanto menos diferente. a la que se exige en la función, no posee los requisitos para satisfacer los presupuestos de procedencia de la aludida norma de abuso de autoridad (artículo 248 del CP.), y en consecuencia (sin vislumbrarse además la pertinencia de otra figura legal), debe ser considerada atípica”.
De este modo, el fiscal Mayor Martín Bramati solicitó se rechace el requerimiento de instrucción formulado contra Daniel Césari Hernández.