Antes del comienzo del paro, la gerencia de la empresa Autosur de Río Grande advirtió a sus empleados que se encontraba “terminantemente prohibido a todo el personal (incluso a los delegados y/o representantes gremiales) disponer y/o colaborar en la implementación de bloqueos y/o cierres en cualquiera de las Estaciones de Servicio de la Empresa (sea a través de la colocación de conos o mediante cualquier otra modalidad)”. Señalaron que “En caso de verificarse incumplimiento a cualquier de las prohibiciones mencionadas se aplicarán severas medidas disciplinarias” o incluso podía haber denuncias penales.
Río Grande.- El mensaje de WhatsApp que recibieron las trabajadoras y trabajadores de la empresa Autosur de Río Grande, de parte de la gerencia, comienza dirigiéndose: “A todo el personal de AUTOSUR RIO GRANDE S.A.” y luego se señala que “Con motivo del paro general previsto para el día de mañana informamos que debido al carácter esencial de los servicios que la Empresa brinda a la comunidad, sus Estaciones de Servicio deberán permanecer operativas las 24 horas”.
Más adelante, se expresaba que “Asimismo, se recuerda que el cierre (total o parcial) de cualquiera de nuestras Estaciones solamente puede ser dispuesto por el personal jerárquico de la Empresa (Gerencia General y/o Jefe de Estación); quedando terminantemente prohibido a todo el personal (incluso a los delegados y/o representantes gremiales) disponer y/o colaborar en la implementación de bloqueos y/o cierres en cualquiera de las Estaciones de Servicio de la Empresa (sea a través de la colocación de conos o mediante cualquier otra modalidad) que en definitiva coarte el ejercicio libre del derecho individual de trabajar de cada uno de nuestros empleados, el de ejercer industria lícita de la Empresa y -en especial- la posibilidad de acceso de la comunidad a un servicio de carácter esencial como el que brinda AUTOSUR”.
Finalmente se decía en el comunicado que “En caso de verificarse incumplimiento a cualquier de las prohibiciones mencionadas se aplicarán severas medidas disciplinarias. Todo ello, sin perjuicio de la eventual formulación de las denuncias penales que pudieran corresponder (en los términos de los arts. 149 ter inc. b, 158 y concordantes del Código Penal)”.
Por su parte Marcelo Argüello, secretario General del SMATA en Tierra del fuego y Santa Cruz, refiriéndose a la medida expresó que “Los trabajadores tienen un derecho constitucional, que es adherirse a una medida de fuerza, en este caso convocada por la Confederación General del Trabajo, que es la única entidad madre de los trabajadores. La cual, en este sentido, les da ese derecho de poder adherirse a la medida”.
“Los trabajadores esto lo entienden, por ahí le quedan dudas, más que nada porque los empleadores por ahí salen muy violentamente con cuestiones que son jurídicas y al trabajador uno le tiene que explicar, a los efectos de que entiendan que este derecho lo puede ejercer y que es una medida que está avalada por la CGT”, insistió Argüello.