“Si la empresa quiere cobrar los aumentos, no puede incluirlos en la próxima facturación”

El secretario del Juzgado Federal de Río Grande, Juan Manuel Vicente, habló sobre la decisión de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia de revocar la cautelar que suspendía los aumentos en la tarifa del gas en la provincia.

 

Río Grande.- En contacto por FM Espectáculo 93.1, el secretario del Juzgado Federal Juan Manuel Vicente explicó que “lo que ha convalidado la Cámara es que no se puede cortar el suministro. Lo que introdujo es que las prestadoras no podían incluir la totalidad de los aumentos en la próxima facturación, por lo que lo correcto sería que la empresa haga un escalonamiento de los aumentos”.

Asimismo sostuvo que “lo primero que se planteó, antes de que la parte demandada tome intervención, fue que se impidiesen los cortes de suministro que se pudiesen producir por el no pago de los aumentos. Eso fue lo primero que planteó la Jueza, fue convalidado y sigue vigente”, recordó.

En segundo término, “se pidió dejar los aumentos sin efecto, hasta que se tomase una solución definitiva. Luego de dar participación a ENARGAS, la Secretaría de Energía y Camuzzi, la jueza decidió que se dejasen los aumentos sin efecto. Eso fue a la Cámara, que entendió que no era necesaria la suspensión de los aumentos”.

“Falta que el proceso continúe y la jueza tome una solución definitiva”.

Además, evaluó que “este es un juicio complejo. Se solicita que la Jueza analice si es válido el aumento del servicio de energía, para eso hay que evaluar muchas variables. Por eso es que se decidió que, hasta que se puedan hacer los análisis, se tomarán las medidas precautorias para trabajar sin daños sobre la población. La Cámara definió que ahora se debe tomar una decisión, sin estas medidas”.

Sobre la posibilidad de apelar esta decisión de la Cámara, indicó: “Siempre lo que es apelable y lo que no es una cuestión de disputa. Los códigos Procesal Civil y Procesal Penal establecen una serie de cosas que pueden ser apelables o no. Siempre es una disputa conseguir que se haga la instancia o no. Veremos si consideran oportuno apelar y solicitar la instancia de revisión, o no. Eso depende del demandante o del demandado, si tienen la posibilidad de avanzar ante la Corte o no”.

“Después de la Cámara de Apelaciones de Comodoro queda la Corte Suprema. La Cámara debe evaluar si es viable o no que vaya el asunto a la Corte”, siguió.

Sobre el avance de la cuestión de fondo, Vicente sostuvo que “hasta ahora hemos estado en la parte cautelar. Casi 2 mil fojas del expediente son sobre esta medida. Recién ahora que se ha resuelto esto, comenzará a avanzar sobre la cuestión de fondo”.

“Si se presenta la apelación, y la Cámara convalida, ahí la Corte puede solicitar alguna audiencia. No tiene un proceso establecido, o plazos. No hay una ley procesal que incluya los tiempos de la Corte Suprema”, cerró.

 

 

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