Tarifazos de gas: hasta que no haya sentencia no se cortará el servicio

El secretario del juzgado federal de Río Grande, Dr. Juan Vicente, explicó los pasos que ha seguido el proceso y el estado de situación actual. La Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia rechazó el amparo contra los tarifazos, pero ratificó el referido a la prohibición de corte del suministro. Si los usuarios no pueden pagar, van a generar una deuda pero, hasta tanto no haya sentencia firme, seguirán recibiendo el servicio. No hay plazos para que la jueza Borruto se expida y la celeridad o no dependerá de las pruebas que presenten las partes.

Río Grande.- El secretario del Juzgado Federal de Río Grande, Dr. Juan Vicente, explicó los pasos que ha seguido el proceso desde la presentación del gobierno provincial contra los tarifazos de gas, y garantizó que, hasta que no haya sentencia firme de la jueza Mariel Borruto, la empresa Camuzzi Gas del Sur no podrá cortar el suministro de gas, aun cuando se genere deuda.

La jueza federal de Río Grande había dictado una medida cautelar contra el tarifazo de gas, pero luego llegó el revés de la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia. “Esta fue una medida del gobierno provincial contra el aumento de las tarifas de gas y es una causa compleja, que requiere mucho estudio y mucha información que aporten las partes para tomar una decisión. La jueza adoptó dos medidas cautelares, que son medidas preventivas, y se toman hasta que se arribe a una decisión definitiva. La primera fue que no se produjeran cortes en el servicio a los que no paguen los aumentos, y la segunda fue que no se aplicaran los aumentos hasta tanto haya una sentencia definitiva. La jueza consideró que ambas medidas cautelares eran necesarias para el trámite del proceso y la Cámara de Apelaciones de Comodoro Rivadavia solamente sostuvo el no corte del servicio”, detalló.

“Esto quiere decir que, hasta que finalice este proceso con una sentencia definitiva de la jueza Borruto, no se va a poder cortar el servicio de gas por falta de pago. Lo que ha quedado sin vigencia es la no aplicación de los aumentos. Esta es una etapa cautelar y preventiva que no tiene que ver con la resolución definitiva del fondo de la cuestión”, aclaró.

“La cuestión de fondo es si corresponde revocar o no el nuevo cuadro tarifario con los aumentos de tarifas. Eso es lo que se está discutiendo en este juicio. Lo que resolvió la Cámara de Apelaciones es cuáles eran las medidas cautelares que iban a subsistir hasta que lleguemos a la sentencia definitiva y solamente subsistió el no corte del servicio”, precisó.

Consultado sobre los plazos para resolver, dijo que “esto se trata de un juicio civil y los plazos van a depender de qué pruebas ofrezcan las partes y cómo se produzca esa prueba. La jueza puede tomar decisiones en base a lo que ofrezcan las partes en el proceso, así que va a depender en parte de cómo sea la cuestión probatoria”.

Lo cierto es que ya están llegando las boletas con los aumentos y, si bien no se puede cortar el suministro, el usuario que no pague irá acumulando deuda. “Si alguna persona por algún motivo no puede afrontar el pago de la factura que viene con aumento, la empresa no puede realizar el corte del suministro, porque la Cámara dispuso que, hasta que haya una resolución definitiva del caso, va a perdurar la decisión cautelar”, remarcó.

“Una de las cuestiones que tiene que resolverse ahora es la que hace a la legitimidad procesal, es decir quiénes son los que pueden accionar en representación de intereses ajenos. La jueza va a tener que resolver si el gobierno provincial se encuentra en condiciones de representar a la totalidad de los usuarios de la provincia o no. Las otras cuestiones que hacen a lo probatorio tienen que ver con los costos del servicio, cuánto se traslada a los usuarios, y si es que se realizaron los procedimientos que corresponden para lo que es la materia de servicios públicos. Recordemos que todo lo que hace a servicios públicos, a partir de la ley de defensa del consumidor, está regido por ciertas condiciones especiales de contratación y cumplimiento de servicios, que son distintas de otros tipos de servicios que no son esenciales. Además de quiénes son los que pueden representar los intereses ajenos, la jueza tiene que ver si se realizaron todos los procesos que prevé la ley para la determinación de estos precios y el traslado a los usuarios, y si se tuvieron en consideración las reglas en materia de provisión de servicios públicos, que tienen que ver con la proporcionalidad y la previsión para los usuarios”, concluyó.

 

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