El Fiscal de Estado rechazó la denuncia de APOC

El fiscal Virgilio Martínez de Sucre respondió ayer a la denuncia radicada por APOC, por supuestas irregularidades de parte de los vocales del Tribunal de Cuentas. Se había requerido la opinión de la Fiscalía ante las respuestas parciales de los pedidos de informes, lo que implicaría un incumplimiento de la ley de acceso a la información. Además planteaban la diferencia abismal entre las remuneraciones de los tribunos y el personal, y el presunto incumplimiento de pago del adicional por zona desfavorable. En ninguno de los tres casos se consideró competente, dado que para la ley de acceso a la información la vía correcta es la judicial, y el resto de los planteos están referidos a negociaciones colectivas, que se resuelven en otro ámbito, como el Ministerio de Trabajo.

Río Grande.- El Fiscal de Estado Virgilio Martínez de Sucre rechazó la denuncia presentada por la secretaria general de APOC, Valeria Regueiro, considerando que no es de su competencia resolver sobre un reclamo salarial que debería abordarse en paritarias o, en su defecto, en organismos competentes como el Ministerio de Trabajo.

La presentación de APOC fue realizada el 21 de julio y en menos de una semana hubo una definición. En la denuncia se hablaba de la presunta comisión de irregularidades de parte de los vocales del Tribunal de Cuentas, entre ellos el incumplimiento de la ley de acceso a la información. El Fiscal señala que el área a su cargo “no es la instancia adecuada para resolver conflictos gremiales, de forma directa o indirecta”, como tampoco restablecer “un diálogo entre las partes”.

Respecto del presunto incumplimiento de la ley de acceso a la información, no considera que sea el caso porque los pedidos de informes fueron respondidos “dos días corridos en dos oportunidades y la restante en el término de siete días corridos”. Indica que, en caso de no estar conformes con la respuesta, la vía a seguir es la judicial para canalizar el reclamo.

Tampoco considera que se debe dar curso al pedido de intervención sobre la liquidación del ítem zona desfavorable que, según el gremio, no se estaría realizando o no se habría actualizado. De Sucre argumenta que “no se denuncia con claridad suficiente perjuicio fiscal alguno ni se pone en crisis la correcta aplicación de decisiones judiciales a favor de la provincia; por el contrario, se cuestiona la inteligencia de normas y disposiciones en beneficio e interés particular de los representados por el gremio, quienes tienen sus propios mecanismos para ventilar sus divergencias con la forma de liquidar sus haberes que dispone su empleador”.

Agrega que no se plantea que no se esté liquidando la zona con claridad, sino que se habla de una “desactualización” del acuerdo plenario en que se unificó el ítem con el básico.

En cuanto a la denuncia de arbitrariedad de parte de los tribunos en la fijación de sus remuneraciones, indica que en el artículo 44 de la ley 1333 “se facultó a los sres. Vocales a fijar su remuneración por acuerdo plenario”, por lo cual no existe una limitación a la fijación de haberes aun cuando haya una gran diferencia con las remuneraciones del personal. El Fiscal aclara que tampoco hay una norma que “obligue a mantener una proporción determinada entre las remuneraciones de las autoridades superiores y la del resto de los agentes del Tribunal”.

Con esto descarta el “dolo” que plantearon los denunciantes, como también la inequidad o irrazonabilidad de esas remuneraciones. “No constituyen cuestiones de legalidad sino que transitan más por razones de apreciación política, negociación colectiva y discusión salarial, debiendo ser ventiladas ante las instituciones que corresponda y por los mecanismos de revisión establecidos al efecto”, expresa en la nota.

Para la Fiscalía los hechos denunciados corresponden a “un reclamo de recomposición de haberes formulado por el gremio”, por lo cual la Fiscalía “no resulta competente para entender en cuestiones de tal naturaleza, debiendo ser encauzada la discusión en sus ámbitos naturales, de buena fe y con pleno respeto a la voluntad negocial de las partes y el derecho aplicable”.

La nota de Fiscalía de Estado lleva el número 174/23 y está fechada el 26 de julio del corriente año.

 

 

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