El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto de ley “ómnibus” que incluirá una amplia moratoria para deudas impositivas, un blanqueo de capitales para activos en el país y en el exterior y una modificación para Bienes Personales que contemplará la posibilidad de un pago anticipado de ese tributo por obligaciones de los próximos cuatro años y, además, una baja gradual en las alícuotas. Están por fuera del proyecto, también anunciado en los últimos días, del impuesto a las Ganancias. La exteriorización de activos será gratis hasta los 100 mil dólares. El plan de pagos incluirá deudas por el impuesto a la riqueza y se podrá pagar cinco años anticipado de Bienes Personales.
Buenos Aires.- Son algunas de las modificaciones del extenso proyecto que llegó este miércoles por la tarde a la Cámara de Diputados y que fue girado por el Poder Ejecutivo. Se trata de la ley ómnibus que Milei anticipó que incluirían una nueva serie de iniciativas parlamentarias de reformas del Estado, entre las que se incluyen un listado de empresas públicas “sujetas a privatización” y modificaciones en las capacidades regulatorias públicas.
“Se crea un nuevo régimen para la regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social con el fin de promover un sinceramiento de la economía y promover la inversión privada. En términos tributarios también se implementan programa de regularización y modificaciones en bienes personales e impuestos internos”, menciona el proyecto.
Moratoria
El artículo 113 del proyecto plantea la creación de una amplia moratoria de deudas tributarias, que llevará como nombre “Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social”. Incluirá obligaciones impositivas vencidas hasta el 30 de noviembre pasado y quedarán excluidas deudas por ART, aportes y contribuciones a obras sociales, seguros de vida obligatorios, aportes a personal de casas particulares, entre otros. Tal como anticipó Infobae, se podrá pagar el impuesto a la riqueza con este esquema.
Habrá distintos planes de pago dentro de la moratoria. Ante un pago al contado dentro de los 90 días desde que se implemente la medida, la AFIP determinará una condonación de deudas de 50%; pago en cuotas dentro de los 90 días implicará un descuento de 30%; y pago en cuotas a partir del día 91, un perdón de 10% del total. En todos los casos se descontará el 100% de las multas previstas.
-Las personas humanas ingresarán un pago a cuenta equivalente al veinte por ciento (20%) de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta sesenta (60) cuotas mensuales.
-Las Micro y Pequeñas Empresas ingresarán un pago a cuenta equivalente al quince por ciento (15%) de la deuda y, por el saldo de deuda resultante, hasta ochenta y cuatro (84) cuotas mensuales
-Las Medianas Empresas ingresarán un pago a cuenta equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta sesenta (60) cuotas mensuales
-El resto de los contribuyentes ingresarán un pago a cuenta equivalente al treinta por ciento (30%) de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales.
Blanqueo
Respecto al blanqueo de capitales, el proyecto plantea que estarán contemplados sujetos residentes y no residentes. Habrá tiempo para sumarse a la exteriorización hasta el 30 de noviembre del año próximo. El blanqueo estará dividido en tres etapas.
En la primera, que se extenderá hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; una segunda etapa con fecha límite de pago hasta el 10% que tendrá lugar hasta el 31 de agosto; y una última etapa, con una alícuota de 15%, y que terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos. En ningún caso AFIP cobrará el impuesto especial si se declaran menos de 100 mil dólares.
Entre los bienes argentinos que se podrán blanquear están:
- a) Moneda nacional o extranjera
- b) Inmuebles ubicados en Argentina.
- c) Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
- d) Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares.
- e) Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores.
- f) Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
- g) Derechos y otros bienes intangibles.
- h) Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico, incluyendo los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el exterior.
Para los bienes extranjeros la lista es similar pero incorpora a las criptomonedas.
- a) Moneda extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias.
- b) Inmuebles ubicados fuera de Argentina.
- c) Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
- d) Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados del exterior.
- e) Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores ubicados fuera de Argentina.
- f) Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
- g) Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en incisos anteriores.
- h) las criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas.
- i) Otros bienes ubicados fuera del país no incluidos en incisos anteriores.
Para establecer cuál es la base imponible, habrá un “tipo de cambio de regularización” que será determinado por el Poder Ejecutivo. La adhesión al régimen implicará que esos contribuyentes quedarán “liberados de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes, créditos y tenencias que se declaren”.
Bienes Personales
El Poder Ejecutivo propondrá un esquema de pago anticipado de ese tributo por los montos que corresponden a los próximos años, hasta 2027. Se trata del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, el 31 de diciembre de 2027, asegura el articulado. Sería un plan que tendría vigencia hasta el 31 de marzo próximo.
“Los contribuyentes que opten por adherirse al REIBP, tributarán el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 en forma unificada”, especifica el proyecto. El régimen tomará en cuenta los bienes existentes en el patrimonio del contribuyente al 31 de diciembre, es decir, este domingo.
La cancelación total del impuesto a pagar bajo el REIBP deberá ser realizada hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive. “Los contribuyentes deberán realizar un pago inicial del REIBP de no menos del 75% del total del impuesto a determinar bajo las normas del presente régimen. Este pago inicial deberá ser realizado hasta el 31 de marzo de 2024, inclusive. El Poder Ejecutivo nacional podrá modificar esta última fecha, pero nunca más allá del 30 de abril de 2024″, detalló.
Hay un apartado para bases imponibles bajas. “Toda persona humana o sucesión indivisa residente en el país que opte por adherirse al REIBP y cuya base imponible (…) sea menor o igual a doscientos veinte millones de pesos argentinos ($220.000.000), deberá tributar la suma fija de pesos argentinos un millón seiscientos cincuenta mil ($1.650.000) por todo concepto”, planteó.
Para quienes ingresen, el texto de ley establece “estabilidad fiscal hasta el año 2038″ en relación con Bienes Personales u otros impuestos que puedan ser creados en el futuro para “gravar todos o cualquier activo del contribuyente, no pudiendo ver incrementada su carga fiscal por impuestos patrimoniales”.
Por último, habrá una baja general de alícuotas para Bienes Personales en los próximos años. Las tasas, que hoy van desde 0,50% a 1,50%, pasarían a ser en 2024 de 0,50% y 1,30%; en 2025 de 0,50% y 1,10%; en 2026 de entre 0,50% y 1% y, en 2027, quedarían solo una alícuota única de 0,50 por ciento.
Retenciones
La ley ómnibus eleva los derechos de exportación hasta un piso de 15% para los productos vendidos al exterior que hasta hoy no pagaban nada. Para soja y sus subproductos (como harina o aceite) la alícuota será de 33 por ciento. Otros productos como hidrocarburos o minería mantendrán las tasas vigentes aunque abre la puerta para incrementarlas, si lo necesitara, con un límite de 15 por ciento.
En ese incremento hasta 15% estarán incluidas las exportaciones industriales. Según el economista Leandro Mora Alfonsín, en la actualidad las materias primas e insumos básicos industriales pagan el 4,5%; los insumos elaborados, 3% y los bienes finales no abonan derechos de exportación.
Aceite esencial de limón y el complejo vitivinícola pagarán 8%; mientas que los productos de economías regionales como olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteo, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana, no tendrán retenciones.
Privatizaciones, cambios en el sistema electoral y en las jubilaciones
El proyecto se llama Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, en honor al célebre texto de Juan Bautista Alberdi. El ministro Guillermo Francos lo llevó en persona al Parlamento y se lo entregó en mano al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.
El gobierno de Javier Milei envió este miércoles al Congreso el anticipado proyecto de ley “ómnibus”, que denominó de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos, en honor al célebre texto de Juan Bautista Alberdi. Pasadas las 15, el ministro del Interior, Guillermo Francos, fue el encargado de hacerle entrega del proyecto en persona al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.
El texto, que contiene 664 artículos a lo largo de 351 páginas, será tratado durante las sesiones extraordinarias que comenzaron ayer y se extenderán hasta el 31 de enero.
Según dijo Martín Menem, las comisiones a las que será girado el proyecto (Presupuesto, Asuntos Constitucionales, Legislación General y Relaciones Exteriores) serán conformadas antes de que termine la semana y a partir de los primeros días de enero irán al Congreso los principales ministros y funcionarios para “explicar la importancia de avanzar con estas reformas”.
Ante la consulta de este medio, Menem no se mostró preocupado por los tiempos (solo hay un mes de sesiones extraordinarias) y reafirmó que la voluntad del oficialismo es votar el proyecto lo más rápido que se pueda.
“Todos tienen que entender que Argentina, además de no tener plata, no tiene tiempo”, sintetizó.
En sus fundamentos, el proyecto señala que “Argentina está inmersa en una grave y profunda crisis económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social sin precedentes, que afecta a todos los órdenes de la sociedad y al funcionamiento mismo del Estado”.
En esa línea, plantea que esta crisis se originó por “haber abandonado el modelo de la Democracia Liberal y la Economía de Mercado plasmado en nuestra Constitución de 1853 y haber avanzado, durante décadas, hacia un modelo de Democracia Social y Economía Planificada”.
Como primera medida, el Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto permitirá que el Gobierno asuma “facultades legislativas” en esas materias.
Por otro lado, promueve la privatización de las empresas públicas “con el fin de generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión”.
La reforma política incluirá la eliminación de las PASO, el establecimiento de un nuevo sistema de elección de diputados en base a circunscripciones uninominales y modificando las listas cerradas.
Por otro lado, el Gobierno también busca eliminar la fórmula vigente para la actualización de las jubilaciones y pensiones, asumiendo la potestad de “realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”. No se detalla cada cuánto serán los aumentos ni qué indicadores se tomarán como referencia.
En el capítulo destinado a la organización de las manifestaciones, los libertarios proponen que quienes impidan o entorpezcan el funcionamiento de los transportes (por tierra, agua o aire) sean reprimidos con 1 a 3 años y seis meses de prisión. Las penas aumentan si se utilizan armas y para los organizadores de las manifestaciones (prisión de 3 a 6 años). Además, los organizadores serán “solidariamente responsables por los daños” que tuvieran lugar durante las marchas.
En tanto, el Ministerio de Seguridad podrá “oponerse a la realización de la reunión o manifestación fundamentándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o seguridad nacional” o proponer cambios.
Uno de los puntos que llamó la atención de los diputados de la oposición fue la inclusión, casi al final del proyecto, de un artículo que “ratifica” el mega decreto de necesidad y urgencia N°70, que igualmente será abordado en la comisión bicameral de Trámite Legislativo.
“Es decisión del Presidente Javier Milei liberar de las trabas del Estado opresor a las fuerzas productivas de nuestra Nación con el objetivo de comenzar a transitar el camino para volver a ser una potencia mundial”, publicaron en la cuenta de Twitter de la Oficina del Presidente.
El Gobierno buscará privatizar 41 empresas
En un anexo al paquete de leyes presentadas ayer en el Congreso, se incluyó el listado de las compañías a privatizar. También están AySA, Ferrocarriles y los medios públicos
Con el paquete de medidas a ser tratadas en el Congreso en el marco de las sesiones extraordinarias, el Gobierno de Javier Milei incluyó un anexo con un amplio listado de empresas ser privatizadas entre las que se destacan Aerolíneas Argentinas, AySA, el Correo, el Banco Nación, Ferrocarriles Argentinos e YPF, además de otras 35 compañías estatales más.
Acompañando el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos”, como tituló el presidente Milei el proyecto de ley ómnibus, el listado de compañías ahora bajo la órbita del Estado “sujetas a privatización” afecta a algunas de las más emblemáticas empresas públicas de la Argentina. No sólo la aerolínea de bandera o la mayor entidad financiera del país sino también todo el sistema de medios públicos: la agencia Telam, Radio y Televisión del Estado, Radio de la Universidad Nacional del Litoral y la Radio de la Universidad de Córdoba, ambas ya sociedades anónimas.
No es el caso de todas las compañías, muchas de las cuales son sociedades del Estado, pero muchas de las empresas del listado ya son sociedades anónimas, lo que facilita el proceso de privatización. Es el caso de la propia Aerolíneas o de AySA, pero también del Correo Argentino, del banco BICE o de los corredores viales, todas compañías englobadas como susceptibles de pasar a manos privadas.
El anexo está redactado por orden alfabético y se inicia con la Administración General de Puertos, que es una sociedad del Estado y debería, en principio, reconvertirse a sociedad anónima. Sigue con Aerolíneas Argentinas, la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales, Agua y Saneamiento, Banco Nación de la Argentina, Banco de Inversión y Comercio Exterior, Casa de la Moneda, Contenidos Públicos, Corredores Viales, Correo Oficial de la República Argentina, Construcción de Viviendas para la Armada Argentina, Dioxitex, Educ.ar, Empresa Argentina de Navegación Aérea, Energía Argentina. Fábrica Argentina de Aviones “Brig. San Martín” S.A. Fabricaciones Militares S.E. Ferrocarriles Argentinos Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias, Intercargo, Nación Bursátil, Pellegrini, Nación Reaseguros, Nación Seguros de Retiro, Nación Servicios, Nucleoeléctrica Argentina, Playas Ferroviarias de Buenos Aires, Polo Tecnológico Constituyentes S.A. Radio de la Universidad Nacional del Litoral, Radio y Televisión Argentina, Servicio de Radio y Televisión de la Universidad de Córdoba, Talleres Navales Dársena Norte, Télam, Desarrollo del Capital Humano Ferroviario, Belgrano Cargas y Logística, Administración de Infraestructuras Ferroviarias, Operadora Ferroviaria, Vehículo Espacial Nueva Generación, Yacimientos Carboníferos Fiscales, Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) e YPF.
El texto de la ley fundamenta la iniciativa de privatizar esas compañías “atendiendo la necesidad de concentrar la actividad del Estado en sus funciones esenciales”. Por eso, continúa el proyecto, “se dispone la privatización de determinadas empresas públicas, en el marco de la normativa al efecto vigente de la Ley N° 23.696 de Reforma del Estado, con el fin de generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión de las empresas”.
Cada una de las compañías incluida en el listado deberá, eventualmente, correr una suerte distinta a la hora de iniciar un posible proceso de privatización. En el caso de las sociedades del Estado, como Ferrocarriles Argentinos o la Casa de la Moneda, deberán primer convertirse a sociedades anónimas, lo que implica de por sí un largo derrotero. A la par, en cada uno de los sectores en que se privatice una compañía, deberá dictarse un marco de regulación para esa venta. Una tarea ardua y amplia, tanto o más que el listado que Milei envió al Congreso
Podrán ingresar productos importados para uso personal sin pagar impuestos
El proyecto del Gobierno establece la eliminación del tributo de aduana del 50% del valor del artículo, siempre que su ingreso al país no tenga fines comerciales.
Entre tantos otros cambios, el proyecto de ley ómnibus enviado por el Poder Ejecutivo modifica las condiciones para traer productos importados cuando se ingresa al país. En base a esos cambios, no se pagará ningún impuesto por ingresar artículos al regresar de un viaje siempre que los mismos sean para uso personal y su importación no tenga fines comerciales, sin importar su precio.
La propuesta que analizará el Congreso, de esta forma, propone eliminar el sistema actual en el que existe una franquicia de USD 500 dólares para ingresar productos y, por encima de ese monto, se deberá pagar “un tributo único y unificado del cincuenta por ciento (50 %) de su valor en aduana”, según reza la norma que el proyecto busca derogar.
Si entra en vigencia el proyecto, no se pagará impuesto alguno. “Las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo”, dice uno de sus artículos.
El tributarista Sebastián Domínguez explicó a Infobae cuáles serían los cambios a aplicar: “Hoy, en la situación actual, un viajero puede venir del exterior y traer un teléfono y una notebook, y no paga nada. Y después también puede traer ropa, objetos sin fines comerciales de uso personal; tampoco paga nada. Si además del teléfono y la notebook, por ejemplo, trae una PlayStation –siempre sin fines comerciales– tiene una franquicia de 500 dólares por vía aérea o marítima. Entonces, si el producto excede esa franquicia, y cuestas 600 dólares, deberá pagar el 50% de impuesto por la diferencia entre el monto y los 500 dólares. En el ejemplo, 50% sobre 100 dólares, y a dólar oficial”.
“Si se ingresa una PlayStation de 600 dólares más un Apple Watch de 400 dólares, por ejemplo, suma USD 1.000 menos USD 500. Sobre los USD 500 que excede, paga el 50%. De aprobarse el proyecto de ley que se acaba de enviar al Congreso no va a existir esa franquicia de 500 dólares. Directamente, el viajero podrá traer todo lo que quiera para uso personal sin límite de franquicia. No va a tener que pagar ese 50% por sobre el excedente de 500 dólares cuando viaje vía aérea o marítima. Para viajes terrestres o fluviales actualmente la franquicia es de 300 dólares”, agregó.
Por tal motivo, explicó el experto, de aprobarse este nuevo régimen ya carecería de sentido esa franquicia de USD 500 dólares, por lo que la AFIP debería derogar también la resolución que la creó.
El proyecto impulsa, además, una simplificación para el viajero que regresa a la Argentina: elimina el trámite de llenar un formulario en el que se declaran los artículos ingresados y su presentación ante los funcionarios de la Aduana.
“Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario. En caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente”, establece la iniciativa en otro de sus artículos.
Un decreto de 1991 establece que el viajero debe llenar un “formulario de declaración” y en el debe consignar con mucha precisión toda la mercadería que trae, “indicando especie, naturaleza, calidad, cantidad y valor, y, en su caso, todos los datos que contribuyan a su precisa individualización y que permitan neutralizar la fungibilidad de los efectos con el fin de lograr una rápida verificación y de facilitar los ulteriores controles en plaza para acreditar su legítima introducción al país”.