El ex secretario legislativo Gustavo Blanco consideró que son indiscutibles las incompatibilidades que establece la Constitución Provincial para los cargos ejecutivos, por lo cual ni el gobernador, ni la vicegobernadora ni los intendentes pueden ser candidatos. Recordó que el artículo que así lo dispone se incluyó para que no fuera usado el aparato del Estado en la elección y, para poder presentarse cualquiera de estos funcionarios, deberían recurrir a la justicia con un pedido de declaración de certeza. Estimó que la convención iniciará sus actividades el 20 de noviembre y va a concluir el 20 de febrero.
Río Grande.- Gustavo Blanco, ex secretario legislativo en la convención constituyente y persona de consulta permanente en toda la temática inherente al ámbito parlamentario, dialogó con Radio Provincia ante esta nueva instancia eleccionaria, con vistas a la reforma de la Constitución.
Dijo que esta elección “es diferente porque antes era todo nuevo y ahora se van a modificar 70 artículos. Antes fueron 19 convencionales y ahora son 15, como lo establece la Constitución. Hay algunos artículos que no se han reglamentado, pero no por mala intención del gobierno de turno, sino porque tampoco la Legislatura le ha prestado la necesaria atención. Tenemos una Constitución muy moderna. Yo el año pasado estuve en Córdoba y estuve charlando con algunos constitucionalistas. Se da como ejemplo la Constitución fueguina en cátedras de derecho. Es tan moderna que en la reforma del año ’94 se incorporó el Consejo de la Magistratura que ya estaba en nuestra Constitución”, expresó.
“Yo creo que habría que hacer un acuerdo político, formar una comisión especial en la Legislatura, y terminar de reglamentar los artículos que faltan. Creo que hay que aggiornar la Constitución en algunos temas, porque han pasado muchos años y el gobernador plantea que no haya cargos vitalicios y establecer dos períodos para los legisladores. Por ahí no es el momento para hacer la reforma, por la situación social y económica, pero ya está el penal cobrado y ahora está en manos de la justicia electoral definir el cronograma para empezar a trabajar”, indicó.
Observó que “después del 2020 hubo una modernización, porque ahora se permiten videoconferencias, pero también se podían modificar algunos artículos mediante la enmienda y el referéndum, pero decidieron poner este paquete de 70 artículos y ahora inicia el proceso para trabajar en eso”.
Blanco opinó a favor de una unificación del sistema electoral. “El sistema de tachas originalmente tenía un piso del 3% y luego se llevó al 50%. La Constitución prevé que esto se pueda reglamentar en la Legislatura para que el elector pueda cambiar los nombres de una boleta a otra, que sería muy bueno para no elegir listas sábana. En el Concejo Deliberante de Ushuaia se vota en positivo, en cambio en la Legislatura se tacha para que ese candidato no sea legislador y votamos en forma negativa. En esta elección se van a utilizar los mismos requisitos para ser convencional constituyente que para ser legislador, con sistema de tachas y luego por sistema D’Hont. Habría que unificar el sistema electoral en toda la provincia, más allá de que los municipios tienen independencia total por la carta orgánica, pero se podría trabajar en un sistema unificado para las elecciones”, planteó.
“Yo lo que pido es que todos los partidos políticos de las tres ciudades den a conocer su plataforma, que la escriban y discutan, porque hoy la gente está hablando de la reforma de la Constitución y del corte de luz en Ushuaia. No se habla de otra cosa”, dijo.
Otro artículo que se podría modificar es el que impidió en su momento a Ruggero Preto y a Juan Carlos Oyarzún ser candidatos a gobernador, porque eran argentinos naturalizados. “Fue una discusión que se dio en el SUM del hotel Los Yaganes y me acuerdo que Carlitos Pérez dijo que iba a tener que pedirle disculpas a todos sus amigos extranjeros. Los dos fueron senadores y Juan Carlos Oyarzún, un gran amigo que ya no está, fue autoridad en el Senado de la Nación y estaba quinto en la orden de sucesión del presidente. Ese artículo quedó establecido pero ahora tenemos la reforma y sé que hay partidos políticos que están trabajando sobre ese tema”, señaló.
Incompatibilidades
En materia de incompatibilidades de los convencionales con los cargos ejecutivos, fue taxativo y descartó de plano que el gobernador, la vicegobernadora o los intendentes puedan ser candidatos. “El cargo de convencional no es incompatible excepto con el de gobernador, vice e intendente según la Constitución y ese artículo se votó por unanimidad para que ni el gobernador, ni la vicegobernadora, ni los tres intendentes fueran candidatos. Esto se fundamentó y era para evitar que se use el aparato del Estado para ganar una elección. El artículo 196 dice que es incompatible y hoy no pueden ser candidatos ni el gobernador ni la vice ni los intendentes, salvo que quieran ir a la justicia con una declaración de certeza, pero no podemos gobernar pidiendo declaraciones de certeza. Si el artículo de la Constitución dice eso, hay que respetarlo”, sentenció.
Aportó un ejemplo de la prevalencia de la Constitución por sobre cualquier otra norma que indique lo contrario. “El artículo 199 de la Constitución en vigencia establece que la convención debe trabajar con el reglamento de la convención constituyente del ’91 y debe dictar su propio reglamento, pero la ley 1529, que se sancionó el 13 de diciembre del año pasado, dice que se manejará con el reglamento de la Legislatura. Lo que manda más es la Constitución de la provincia”, subrayó.
Sesiones en verano
Finalmente se le preguntó sobre los plazos para sesionar y cuándo daría inicio y finalización la convención. “Dentro de los 10 días de la proclamación de los 15 convencionales debe hacerse la sesión inaugural, la jura y empezar a trabajar. Tienen 60 días hábiles, que son improrrogables por ningún motivo. Comenzaría el 20 de noviembre más o menos y terminaría el 20 de febrero, con toda la gente de vacaciones. Quiere decir que si el día 60 no se terminó, se cierra y queda como estaba. Otro detalle es que el artículo 195 establece el alcance de la reforma y dice que si es parcial, como en este caso, la convención constituyente se dedicará a tratar esos temas pero puede no hacerlo, es decir que puede no modificar ninguno si quieren, y esto es decisión de los convencionales constituyentes. Se puede iniciar y cerrar la convención”, concluyó.