El presidente de FORJA se amparó en la mayoría agravada que aprobó la ley 1529, por la cual se declara la necesidad de la reforma constitucional, sin adentrarse en la constitucionalidad de su contenido. Sobre el allanamiento a Casa de Gobierno, consideró que “es de una ilegalidad manifiesta” y parte de la “persecución judicial” de parte de los que quieren mantener el statu quo. Consideró que no es materia judiciable el llamado a la reforma, como tampoco la presunta comisión del delito de falsificación de documento público, que denunció el Dr. Paulino Rossi. “Paulino Rossi militaba con nosotros, después se enojó porque no fue candidato a intendente y es un ciudadano con intereses políticos” dijo, apuntando contra el autor y no contra la legalidad del decreto que llamó a elecciones.
Río Grande.- El presidente de FORJA a nivel nacional, Gustavo López, aseguró que no es judiciable la convocatoria a una reforma constitucional y cargó contra los “intereses políticos” del Dr. Paulino Rossi. Consideró que hubo “un avasallamiento” de la justicia contra los otros dos poderes del Estado, porque el Legislativo sancionó la ley que declaró la necesidad de la reforma con dos tercios de los votos, y el Ejecutivo dictó el decreto en tiempo y forma.
Por Radio Provincia, se le consultó en principio por el allanamiento en Casa de Gobierno y lo calificó como “una locura. Yo no conozco al juez, pero es de una ilegalidad manifiesta y suena a amenaza y a que no quieren que se cambien determinadas cosas, porque si no, los van a volver locos persiguiéndolos judicialmente”.
“Yo soy profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires y doy un marco referencial de lo que significa una reforma constitucional, que es poder modificar el pacto de convivencia democrático que tiene la sociedad. Tanto a nivel nacional como en la provincia, la Constitución prevé un mecanismo parecido. En la Constitución Nacional se requiere del voto afirmativo de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de cada Cámara para declarar la necesidad de la reforma, y el Congreso establece los puntos a reformar. En la Constitución provincial la Legislatura es la que declara la necesidad de la reforma con dos tercios de la totalidad de sus miembros, dice qué puntos hay que reformar y, en este caso, empodera al gobernador para que en el paso establecido en la ley convoque a elecciones”, detalló del proceso.
Y aseguró que “esto ocurrió, porque le dieron 210 para convocar y dentro de ese plazo convocó a elecciones. Luego viene la segunda parte, que es el poder constituyente, donde se logra la manifestación más importante del sistema democrático, que es que el poder reside en el pueblo y lo ejerce a través del constituyente, modificando la Constitución. Además los actos del Estado se presumen válidos y legales. Acá hay una ley que votó la Legislatura y hay un decreto que firmó el gobernador y se publicó en el Boletín Oficial”, dijo.
Afirmó, por sobre toda norma de control de legalidad de actos públicos, que “la presunción de legalidad de los actos públicos no puede ser cuestionada. Es la primera vez que veo que se cuestiona una ley y un decreto. La ley fue aprobada por la Legislatura en un acto público y luego se promulgó, después hubo la firma de un decreto que se publicó en el Boletín Oficial. La verdad es inentendible ordenar un allanamiento con una fuerza federal para buscar no sé qué cosa de un acto que es público”, dijo.
Intereses políticos
Consultado sobre las presentaciones del legislador Jorge Lechman y el Dr. Paulino Rossi, que plantean la inconstitucionalidad de la ley y la presunta comisión de delitos, respectivamente, indicó en principio que “nadie puede opinar si es el momento o no de una reforma, porque lo decidió la Legislatura. Yo leí la presentación de Lechman y no sé cuál es el cuestionamiento jurídico que se hace, porque se juntaron los dos tercios de los votos, se sancionó la ley, se firmó el decreto de convocatoria y se publicó en el Boletín Oficial. La decisión la tomó la mayoría de dos tercios del total de los miembros. Esa decisión es soberana y no es materia judiciable la decisión de convocar a una reforma constitucional”, aseveró.
En el caso de la denuncia por falsificación de documento público de parte del Dr. Rossi, apuntó contra el autor y no contra el contenido del escrito. “Lo conozco a Paulino Rossi porque militaba con nosotros, después se enojó porque no era el candidato a intendente, después fue solo, y es un ciudadano con intereses políticos”, respondió a la consulta.
Dado que el decreto tenía como fecha límite para publicarse el viernes 27 de julio, cuando se dio el apagón en Ushuaia, dijo que “el corte de luz no tiene nada que ver con un acto público, como es la firma de un decreto y la publicación posterior. El decreto se firma y tiene la fecha en que lo firma el gobernador, luego cuando se publica aparece en el Boletín Oficial tal como lo firmó el gobernador, con la fecha de la firma, no con la fecha de la publicación. Cuando el Presidente de la nación promulga una ley y firma un decreto, lo firma un lunes y, según la Constitución Nacional, tiene diez días para publicarlo en el Boletín Oficial. Si lo publica a los ocho días, nadie puede cuestionar el día que lo firmó, porque es el día que hace el acto y eso se firma personalmente. Luego se publica en el Boletín Oficial”, sostuvo.
El “gobierno de los jueces”
No sólo imputó intereses políticos a los denunciantes, sino también al Poder Judicial. “Entiendo el planteamiento político, porque acá hay una cuestión política de los denunciantes, y yo cuestiono al juez porque interviene en un acto de poderes que son autónomos al Poder Judicial. Además se trata de algo que está incluso por encima de los tres poderes, por la convocatoria a una convención constituyente. Es un gobierno democrático, elegido por la voluntad popular, requiere de dos tercios del total de los miembros de la Legislatura para convocar a la reforma constitucional y la Legislatura lo votó el 7 de diciembre. La Legislatura le dio 210 días al gobernador para que convoque a elecciones y, dentro del plazo, el gobernador firmó el decreto de convocatoria, y se publicó en el Boletín Oficial. Si se cortó la luz y el Boletín Oficial lo publicó dos días después, es un problema del Boletín Oficial”, expresó.
Cargó sobre la intromisión de la justicia y el allanamiento “porque alguien cuestiona el día de la firma. Un juez ordena un allanamiento sobre un acto que incumbe exclusivamente al Poder Ejecutivo Provincial, que viene de una ley que incumbe exclusivamente al Poder Legislativo”, argumentó.
“El Poder Judicial podría, una vez reformada la Constitución, analizar si alguna de las cláusulas viola la Constitución Nacional, pero nunca antes, si todavía no se produjo la reforma. Esto no se dio en ninguna otra provincia y es un avasallamiento –calificó-. El gobierno no es el gobierno de los jueces. Los jueces tienen un control de legalidad sobre los actos después de que pasan. La Legislatura es la única facultada para convocar a una reforma constitucional y los requisitos son dos tercios de la totalidad de la Cámara. No dice cuánto tiempo tienen que discutir la ley, si la pueden tratar sobre tablas, si la tienen que discutir ocho meses o cien años. Cuando se hizo la reforma del ’94, los acuerdos políticos se hicieron antes y luego el Congreso votó la ley de necesidad de la reforma. Después vino la convención constituyente que hizo la reforma y esa convención es soberana, es decir que puede decidir lo que quiera. La justicia se mete con un poder que está por encima de la Justicia, del Gobernador y de la Legislatura, que es el poder constituyente, y frena la convocatoria a la convención. Esto no lo vi nunca”, criticó.
“No se pueden llevar puestas las instituciones y yo sé que hay sectores que quieren que permanezcan determinados privilegios. Que vayan a elecciones, presenten candidatos a la convención, que después va a decidir si se reforma o no la Constitución y cómo, pero no le pueden quitar al depositario del pueblo la posibilidad de ejercer el poder”, concluyó.