El Gobierno enviará al Congreso un proyecto de ley de incentivos fiscales para reactivar la industria de la construcción, facilitar el acceso a la vivienda y bajar los costos para los tomadores de créditos hipotecarios. Incluirá beneficios fiscales para desarrolladores inmobiliarios en los impuestos al cheque, a las Ganancias y al Valor Agregado.
Buenos Aires.- Esto fue anunciado por el secretario de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa, Mariano Mayer, el subsecretario de Ingresos Públicos, Juan Mariscal y el secretario de Vivienda, Ivan Kerr.
Las medidas que crean un estimulo fiscal por 24 meses están destinadas a impulsar la industria de la construcción e incluyen cambios en los impuestos a Ganancias, IVA, y a los Créditos y Débitos bancarios.
Mayer estimó que el proyecto «tendrá una buena aceptación en el Congreso, porque son medidas que está pidiendo el sector privado, como ha pasado con otras leyes y pueden convertirse en políticas de estado».
Y destacó que las medidas fueron discutidas en la mesa sectorial de la construcción «generan un fomento a la industria y el acceso a la vivienda, además de estimular el empleo y se espera un impacto multiplicador en toda la economía».
El funcionario señaló que el proyecto fue un trabajo conjunto de los Ministerios de Producción, Hacienda, Interior y Obras Públicas y la AFIP.
Por su parte, Mariscal dijo que habría un costo fiscal para las medidas de 500 millones de pesos, aunque señaló que «el efecto multiplicador que tendrán puede llegar a neutralizar ese costo».
Mientras que Kerr aseguró que se pedirá a las provincias y municipios que adhieran a la ley una vez aprobada y anunció que el gobierno dará a conocer en los próximos días un decreto que reglamenta temas de la ley de fondos comunes de inversión.
Entre algunos de los puntos, se incluye:
– Impuesto a las Ganancias.
- Actualización de costos y reinversión en nuevos proyectos. Se permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios (terrenos y construcciones) con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos.
- Actualización de costos a través de revalúo impositivo. Otra alternativa es hacer uso del revalúo para el impuesto a las ganancias. Esto consiste en actualizar el costo de la inversión pagando un impuesto del 15% sobre el valor actualizado que podrá ser cancelado en forma diferida.
Se permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios (terrenos y construcciones) con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos
- Reinversión en fondos de objeto inmobiliario. Para las ganancias realizadas por ventas de inmuebles se incorpora la posibilidad de diferir el pago del impuesto a condición de que se reinvierta en Fondos Comunes de Inversión o en Fideicomisosfinancieros, con objeto inmobiliario y oferta pública. De esta manera, se estimula la inversión en el sector inmobiliario a través del mercado de capitales doméstico.
- Deducción de intereses por créditos hipotecarios. Hace casi 20 años que no se actualiza la deducción en el impuesto a las ganancias de los intereses vinculados a créditos hipotecarios, cuyo tope es actualmente de $20.000 anuales. El proyecto propone elevar a más de cuatro veces el importe de la deducción y a su vez, que sea actualizable de forma automática. Este cambio producirá un efecto sustancial en el ahorro de todos aquellos que hayan tomado o sean tomadores futuros de créditos hipotecarios.
– Ley de impuesto al valor agregado (IVA). Las inversiones a largo plazo, como la realizada en los proyectos inmobiliarios, tienen la característica de generar acumulación de créditos fiscales por las compras de los bienes y servicios, lo que genera saldos a favor durante un tiempo prolongado, que recién pueden ser utilizados al momento de la venta del inmueble, al final del ciclo de inversión. Por ello, y para aliviar la necesidad de capital de trabajo de las nuevas construcciones, se posibilitará generar devoluciones por los créditos fiscales que se generen y no se hayan podido absorber dentro de un plazo de seis meses.
– Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios (ICDB). Para todo desarrollo inmobiliario nuevo, se permitirá el cómputo del 100% del ICDB contra el Impuesto a las Ganancias, que actualmente es del 33%. Así, se adelanta para esta actividad el proceso gradual dispuesto en la Reforma Tributaria que se inició en 2018 (este impuesto distorsivo desaparecerá para ser transformado en un adelanto del impuesto a las Ganancias).