Detalles del proyecto de Ley que enviará al Congreso

El Gobierno enviará al Congreso un proyecto de ley de incentivos fiscales para reactivar la industria de la construcción, facilitar el acceso a la vivienda y bajar los costos para los tomadores de créditos hipotecarios. Incluirá beneficios fiscales para desarrolladores inmobiliarios en los impuestos al cheque, a las Ganancias y al Valor Agregado.

Buenos Aires.- Esto fue anunciado por el secretario de Emprendedores de la Pequeña y Mediana Empresa, Mariano Mayer, el subsecretario de Ingresos Públicos, Juan Mariscal y el secretario de Vivienda, Ivan Kerr.

Las medidas que crean un estimulo fiscal por 24 meses están destinadas a impulsar la industria de la construcción e incluyen cambios en los impuestos a Ganancias, IVA, y a los Créditos y Débitos bancarios.

Mayer estimó que el proyecto «tendrá una buena aceptación en el Congreso, porque son medidas que está pidiendo el sector privado, como ha pasado con otras leyes y pueden convertirse en políticas de estado».

Y destacó que las medidas fueron discutidas en la mesa sectorial de la construcción «generan un fomento a la industria y el acceso a la vivienda, además de estimular el empleo y se espera un impacto multiplicador en toda la economía».

El funcionario señaló que el proyecto fue un trabajo conjunto de los Ministerios de Producción, Hacienda, Interior y Obras Públicas y la AFIP.

Por su parte, Mariscal dijo que habría un costo fiscal para las medidas de 500 millones de pesos, aunque señaló que «el efecto multiplicador que tendrán puede llegar a neutralizar ese costo».

Mientras que Kerr aseguró que se pedirá a las provincias y municipios que adhieran a la ley una vez aprobada y anunció que el gobierno dará a conocer en los próximos días un decreto que reglamenta temas de la ley de fondos comunes de inversión.

 

Entre algunos de los puntos, se incluye:

 

– Impuesto a las Ganancias.

 

  1. Actualización de costos y reinversión en nuevos proyectos. Se permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios (terrenos y construcciones) con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos.
  2. Actualización de costos a través de revalúo impositivo. Otra alternativa es hacer uso del revalúo para el impuesto a las ganancias. Esto consiste en actualizar el costo de la inversión pagando un impuesto del 15% sobre el valor actualizado que podrá ser cancelado en forma diferida.

Se permitirá actualizar el costo de las inversiones realizadas en proyectos inmobiliarios (terrenos y construcciones) con la condición de que se reinvierta el monto equivalente en nuevos proyectos

  1. Reinversión en fondos de objeto inmobiliario. Para las ganancias realizadas por ventas de inmuebles se incorpora la posibilidad de diferir el pago del impuesto a condición de que se reinvierta en Fondos Comunes de Inversión o en Fideicomisosfinancieros, con objeto inmobiliario y oferta pública. De esta manera, se estimula la inversión en el sector inmobiliario a través del mercado de capitales doméstico.
  2. Deducción de intereses por créditos hipotecarios. Hace casi 20 años que no se actualiza la deducción en el impuesto a las ganancias de los intereses vinculados a créditos hipotecarios, cuyo tope es actualmente de $20.000 anuales. El proyecto propone elevar a más de cuatro veces el importe de la deducción y a su vez, que sea actualizable de forma automática. Este cambio producirá un efecto sustancial en el ahorro de todos aquellos que hayan tomado o sean tomadores futuros de créditos hipotecarios.

– Ley de impuesto al valor agregado (IVA). Las inversiones a largo plazo, como la realizada en los proyectos inmobiliarios, tienen la característica de generar acumulación de créditos fiscales por las compras de los bienes y servicios, lo que genera saldos a favor durante un tiempo prolongado, que recién pueden ser utilizados al momento de la venta del inmueble, al final del ciclo de inversión. Por ello, y para aliviar la necesidad de capital de trabajo de las nuevas construcciones, se posibilitará generar devoluciones por los créditos fiscales que se generen y no se hayan podido absorber dentro de un plazo de seis meses.

–  Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios (ICDB). Para todo desarrollo inmobiliario nuevo, se permitirá el cómputo del 100% del ICDB contra el Impuesto a las Ganancias, que actualmente es del 33%. Así, se adelanta para esta actividad el proceso gradual dispuesto en la Reforma Tributaria que se inició en 2018 (este impuesto distorsivo desaparecerá para ser transformado en un adelanto del impuesto a las Ganancias).

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