El dramático hecho fue relatado por la madre de la víctima quien padece una discapacidad mental del 66%. La persona acusada era ex pareja de la madre y como consecuencia de esa violación la hija quedó embarazada. A través de un estudio de ADN se confirmó finalmente que el hombre es el responsable del hecho, a pesar de esto, la mujer lamentó no obtener respuestas de la justicia y que el hombre continúa libre.
Río Grande.- La abuela del recién nacido y madre de la joven de 22 años con discapacidad que fue víctima de un abuso sexual, explicó la situación en FM Aire Libre y pidió mayor celeridad a la Justicia, debido a que el responsable, aún se encuentra en libertad pese a la existencia de un ADN que confirma la paternidad sobre el niño.
“Quiero que se haga justicia de lo que estoy pasando hace casi 3 años, estoy yendo de acá para allá y nunca me dan una solución, me mandaron de Instrucción N° 1 a Fiscalía y resulta que se tiran la pelota uno al otro y no me dan respuestas” reclamó ante las autoridades judiciales por las faltas de respuestas hacia el caso.
Por otro lado, agregó “yo quiero hacer esto público para que al menos se mueva un poco el juez o quien corresponda, porque realmente mi hija está sufriendo mucho y el señor anda muy campante por las calles. Yo lo que quiero que se haga justicia y que esto se termine”.
“Él la tenía amenazada a mi hija. Luego la fiscal me dijo que iban a hacer el ADN y no volverla a traer para relatar eso que pasó. Le tomaron la declaración al presunto imputado – Alberto Alejandro Fuloney a ella una cámara gessel” dijo.
La mujer también refirió que la Fiscal de la causa es la Dr. Laura Urquiza y el juez encargado es el Doctor Daniel Cesari Hernández. “Cada vez que quiero hablar con el juez o la fiscal siempre tienen una excusa, he estado hasta tres horas esperando y sale el secretario con que no puede atenderme”.
Por último, la mujer pidió que se acelere los trabajos en la causa y que finalmente el acusado vaya a juicio “la indignación mía es que debería estar preso, que vaya a juicio. A mí la fiscal me dijo que cuando llegue el ADN va a juicio porque ahí ya se declara todo, pero están dando vueltas y vueltas, hoy me llevo la sorpresa que la causa la habían encajonado, entonces pido justicia y que esto se termine”.
La respuesta de la Justicia
Para resguardar su integridad psicofísica un niño fue entregado en guarda provisoria garantizando el contacto diario con su madre biológica
El caso fue resuelto por el Juzgado de Feria Civil a cargo del Doctor Fernando González, el viernes 19 de julio. La causa tramita en el Juzgado de Familia y Minoridad N° 1 del Distrito Judicial Norte.
La resolución dispuso que se tomara una medida excepcional en el marco del art. 39 de la Ley Provincial N° 521 respecto del niño C.B.S. de cinco días de vida, hijo de una mujer identificada con las iniciales A.D.S., la cual tiene un retraso madurativo moderado y vive con su progenitora M.S.. (Los nombres son inicializados dado que se trata de un caso con un menor involucrado).
Respecto de la situación del niño C.B.S., quien naciera el día lunes 15 de julio del corriente año, cabe resaltar las siguientes consideraciones, todas ellas volcadas en la sentencia, que si bien se encuentra ejecutada no está firme al día de la fecha.
El embarazo fue detectado a los seis meses de gestación por parte de los docentes y por el equipo de orientación del establecimiento educativo al cual concurre A.D.S. y no por la gestante y su progenitora. Esta última argumento que su hija tenía problemas estomacales e intestinales, y descartó que estuviera embarazada.
Los controles médicos, ante la falta de iniciativa de la familia, comenzaron a realizarse a partir de los seis meses y fueron gestionados y garantizados por la Dirección de Protección Integral – Ministerio de Desarrollo Social – quien tomó intervención a fin de tutelar los derechos del niño por nacer.
La decisión adoptada el día viernes 19 se hizo luego de evaluar los dictámenes del servicio de neonatología, salud mental, ginecología y servicio social, todos ellos del Hospital Regional Río Grande, quienes se manifestaron en función de lo observado en relación a la vinculación materno filial y los eventuales terceros que podrían colaborar. Así también se evaluó lo dictaminado por la Dirección de Protección Integral, el equipo de orientación del colegio al cual concurre la joven A.D.S., el Ministerio Pupilar y peritos psicólogo y psiquiatra dependientes de la Dirección Pericial del Poder Judicial.
La medida adoptada es provisoria y no definitiva. La familia de A.D.S. tiene un plazo de 180 días – art. 607 inc. c) del Código Civil y Comercial – para demostrar que están en condiciones de quedar al cuidado del niño y revertir las situaciones que a la fecha se tuvieron en cuenta para adoptar la medida.
En el transcurso de la internación, la joven A.D.S. permaneció por largos períodos sola junto a su hijo en la habitación, más allá de los reiterados pedidos del equipo médico tratante de tener que estar acompañada por un adulto responsable. Ello, derivó que el niño sea resguardado en el servicio de neonatología por falta de cuidados básicos.
Cabe resaltar que en buena parte la medida fue adoptada por cuanto la abuela materna del niño, no permite el monitoreo del caso por parte de los organismo de Protección Integral que deben velar por la no vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Finalmente cabe mencionar que del presente caso se desprende que existe una denuncia por el delito de abuso sexual que involucra a la abuela materna del niño.