El CECIM planteó, tal como se había anticipado, la inconstitucionalidad ante la autorización del presidente Mauricio Macri para el vuelo desde Brasil a las Islas Malvinas y planteó una medida cautelar para impedirlo. Los veteranos platenses se preguntan “¿qué gana la República Argentina?” con estos vuelos, y consideran que solo “deja los números en rojo en materia de rendición de cuentas soberana”.
Río Grande – El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata, CECIM; presentó ayer por la mañana una acción judicial destinada a frenar la autorización concedida por el Gobierno nacional a la empresa aérea brasileña TAM, para cubrir la ruta entre San Pablo (Brasil) y las Islas Malvinas, que incluye un vuelo mensual con escala en la provincia de Córdoba.
La presentación judicial realizada ante la Fuero Contencioso-Administrativo Federal de la ciudad de Buenos Aires, incluye un pedido de inconstitucionalidad del Decreto 602/19 (que autorizó los vuelos) y una medida cautelar para suspender la conexión aérea hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
Según el escrito, que lleva la firma del ingeniero Hugo Robert, titular de la entidad de veteranos platense; la decisión presidencial que permite la ruta entre Brasil y las Malvinas, “contraviene la Cláusula Transitoria Primera de la Constitución Nacional, que estipula que Argentina reconoce como impostergable e improrrogable el reclamo sobre Malvinas, Islas del Atlántico Sur y espacios marítimos circundantes”.
La demanda patrocinada, por el abogado Jerónimo Guerrero Iraola y por la abogada LAurentina Alonso, señala también que dicha autorización resulta “una acción inconsulta y arbitraria”, que debió ser corroborada por el Congreso Nacional “a los efectos de realizar una aproximación más acabada e institucionalmente responsable de la representatividad de diversos sectores sociales”; se destaca en el sitio web “Agenda Malvinas”.
También destaca allí que en los considerandos del Decreto 602/2019 “nunca se hace mención a la disputa por la soberanía que el Estado argentino mantiene con Gran Bretaña”, lo que constituye un “grave antecedente diplomático”, menciona la presentación.
En otro tramo se pregunta: “¿Qué gana la República Argentina?” con estos vuelos, y considera que solo “deja los números en rojo en materia de rendición de cuentas soberana”.
El secretario de Derechos Humanos del CECIM, Ernesto Alonso, definió al permiso otorgado a la empresa aérea brasileña como “contraproducente a los intereses nacionales”, y lo ubicó en el contexto de una “política exterior” que “se asemeja a la de los años 90`, donde se concretaron los acuerdos de Madrid I y II”.
En esa línea, Ernesto Alonso hizo referencia al llamado “Acuerdo Foradori- Duncan”, suscripto en 2016 y que según el criterio de la organización es el “antecedente inmediato” que “abrió las puertas” a la llegada de vuelos comerciales a Malvinas desde Brasil y pasando por Argentina.
El Decreto 602/2019, publicado en el Boletín Oficial el pasado 2 de septiembre, autoriza “a la empresa de bandera brasileña TAM Linhas Aéreas SA a explotar servicios regulares internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, utilizando aeronaves de gran porte”, y detalla las rutas entre San Pablo y las Islas Malvinas, incluyendo un vuelo mensual con escala en Córdoba.