Ese plazo podrá ser prorrogado en atención a la evolución de la situación epidemiológica del coronavirus COVID-19, aclaró el Poder Ejecutivo. Forman parte de la canasta de consumo masivo y la finalidad es evitar «aumentos irrazonables».
Río Grande.- La decisión, que comenzará a regir desde este martes, fue formalizada por medio de una resolución de la Secretaría de Comercio Interior, publicada este lunes en el Boletín Oficial.
«Prorrógase la vigencia estipulada en el Artículo 9º de la Resolución Nº 100 de fecha 19 de marzo de 2020 de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo y sus modificatorias, hasta 30 de junio de 2020 inclusive», según el texto oficial.
De acuerdo con lo dispuesto, todas las presentaciones que se efectúen en el marco de la resolución 100/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, deberán realizarse mediante la Plataforma de «Trámites a Distancia» (TAD), del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Fuente: Noticias Argentinas