En las últimas horas se conoció la decisión de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones que consideró “erróneamente concedido” el recurso de apelación a la querella que representaba el doctor Francisco Giménez en contra del fallo en primera instancia que había dictado la absolución del actual Gobernador por los casos de abuso sexual por los que había sido acusado. El abogado de Melella remarcó que «como dijimos desde un principio, quedó demostrado que estas denuncias eran un mamarracho».
Río Grande.- El fallo que lleva la firma de los camaristas Julián de Martino, Jorge Jofre y Federico Vilella deja firme la absolución que dictara el juez de instrucción Raúl Sahade al gobernador Gustavo Melella, liberándolo de toda responsabilidad en los tres casos denunciados.
Conocida la decisión judicial, el abogado defensor del mandatario, Francisco Ibarra, explicó que «la Cámara ha entendido al igual que el juez de primera instancia que los hechos denunciados no constituyen ninguna clase de delito. Incluso la Cámara ha ido más allá, señalando que era inverosímil la denuncia formulada. Esto significa lo que dijimos desde un primer momento: que la denuncia formulada era un mamarracho y que tenía otra clase de intencionalidad, que no era la que se plasmaba. Tenía una intencionalidad política, sin consistencia de ninguna naturaleza».
Para el letrado, «las tres denuncias tenían una unidad de acción, un solo objetivo y contaban una sola representación jurídica. Las tres han sido descartadas por cuanto se entiende que los hechos denunciados resultaban inverosímiles, no tenían coherencia. Como siempre hemos dicho, se trató de una burla al sistema judicial».
Ibarra puso de relieve que las causas de abuso sexual «son sumamente sensibles» y reconoció que «cuesta mucho trabajo que la víctima pueda expresarse. Y es fundamental su declaración, porque es el acto esencial, ya que en muchas causas solamente se cuenta con la declaración de la víctima. Pero esa declaración tienen que tener ciertas características, debe mantenerse invariable a lo largo del tiempo, no debe tener un ánimo de perjudicar, una intencionalidad y debe pasar este control de certeza. Las declaraciones de esta causa no reunían estos requisitos, todo lo contrario. Esto se ha logrado demostrar en primera instancia y ha sido confirmado por la Cámara de Apelaciones».
Tras remarcar que los tres integrantes de la Sala Penal del cuerpo opinaron en el mismo sentido del rechazo al planteo de la querella, el abogado destacó que los denunciantes «han sido condenados en costas, producto de estas falacias que se materializaron en el expediente».