El abogado defensor del policía condenado a ocho años de prisión por abuso sexual dentro del Hospital Regional Río Grande aseguró que esperará los fundamentos del tribunal para emitir opinión, pero a prima facie dijo que su defendido “es absolutamente inocente” y esto lo prueban las filmaciones de las cámaras del nosocomio local. El Dr. Francisco ‘Paco’ Giménez advirtió que “estamos viendo que se está dando en los tribunales de Tierra del Fuego en particular y en el país en general, en donde hoy la persona denunciada por abuso sexual, la presunción de inocencia se derriba”, advirtió. No confirmó si apelará el fallo.
Río Grande.- Tras conocerse el fallo condenatorio del Tribunal contra el policía Cesar Carabajal, quien fue condenado a 8 de prisión, su abogado defensor, el Dr. Francisco ‘Paco’ Giménez dijo en rueda de prensa que esperará “los fundamentos del Tribunal para emitir algún tipo de opinión, pero estoy totalmente convencido de que Carabajal es absolutamente inocente”.
Esgrimió que “la versión que dio en el juicio fue lo que realmente pasó ese día, pero ha tenido otra visión el Tribunal y el Fiscal ha hecho una excelente labor profesional y esta es la sentencia que recayó sobre Carabajal, de ocho años de prisión, de los diez que había pedido el Fiscal”.
Recordó que en sus alegatos dijo que “juzgar delitos sexuales con perspectiva de género no solamente era hacer justicia condenando, sino también absolviendo. En este caso están las cámaras de seguridad del Hospital donde se ve todo el recorrido que hicieron ambos y no se ve en ningún momento la conducción por fuera de la voluntad de la señorita mayor de edad (Carabajal) no la conocía, no la había visto nunca, por lo tanto, vamos a esperar los fundamentos”, insistió el letrado.
Para el Dr. Francisco Giménez, “lo cierto es que una no violación estuvo absolutamente filmada por las cámaras del Hospital y demuestran que fue una relación consentida”.
Dijo que “evaluaremos (la sentencia) pero en el fallo el Tribunal ha hecho mención de tratados internacionales sobre la protección de personas con discapacidad, entiendo que por allí ha venido la sentencia en cuanto al consentimiento de la señora; pero lo cierto es que Carabajal no la conocía y no conocía su condición de tal (hipoacúsica) y tampoco estaba acreditado en el expediente, estamos hablando de la señorita hipoacúsica que hoy escuchaba bien; pero veremos los fundamentos, fueron dos semanas de juicio y creemos que va a estar fundada la sentencia”.
Aseguró que Carabajal entiende el concepto de consentimiento. “Cuando la mujer dice sí, es sí y cuando dice no, es no”, dijo el abogado defensor y aseguró ante la consulta que la mujer “no cambió de opinión en el transcurso de la relación” y que le consta “porque por dos semanas estuve en el juicio y hace un año soy el defensor de Carabajal”.
Giménez aseguró que en las videocámaras del Hospital “señalan a dos personas conversando, un policía y una paciente del hospital, que se van caminando por los pasillos del hospital, en ningún momento nadie corre; la chica supuestamente se fue a la casa, después del primer hecho, volvió al hospital nuevamente -que no está acreditado, la madre nunca la vio- y se la ve conversando con personal sanitario, se la ve conversar con otros policías, según los testigos, y en ningún momento manifestó haber sido abusada sexualmente”.
El letrado entendió que la sentencia se dio de esta manera “porque (el Tribunal) habrá aceptado la hipótesis del Fiscal que estaba bien fundada, debo reconocerlo”, admitió.
Giménez asegura “no entender” los motivos por los cuales la mujer llevó adelante la denuncia contra el policía. “Acá hay un problema en cómo se juzgan delitos de abuso sexual: Una persona que es acusada de (cometer) abuso sexual no solo tiene que probar su inocencia, sino también que la denuncia es mentira y cuando logra probar que la denuncia es mentira, además tiene que probar por qué la denunciante lo denuncia. Es absolutamente imposible así que cualquier hombre acusado de abuso sexual pueda liberarse de una condena”.
Insistió en “juzgar con perspectiva de género no solo significa escuchar a la víctima, sino también juzgar sin prejuicios acerca la víctima. Pero también juzgar con perspectiva de género es también escuchar la versión de la otra parte y cómo lo está probando. Entonces, ese es el inconveniente que hoy estamos viendo y que se está dando en los tribunales de Tierra del Fuego en particular y en el país en general en donde hoy, la persona denunciada por abuso sexual, la presunción de inocencia se derriba”, advirtió.
“Es una tendencia que se ha impuesto de juzgar a una persona con perspectiva de género, mal interpretada porque juzgar con perspectiva de género no significa derribar los derechos y garantías constitucionales de una persona acusada”, observó.
“Cómo hace una persona para probar algo que no hizo. En este caso particular estaba toda la secuencia absolutamente filmada”, y reparó que la mujer “ya había hecho cuatro denuncias de abuso sexual anteriores a esta, incluida una a otro policía. Esto no es un prejuicio porque bien pudo haber sufrido esos abusos, pero es un dato a tener en cuenta no solo para juzgar un caso en particular, sino para prestarle atención a la denunciante porque necesita realmente protección y de todos los organismos, sean sanitarios, de seguridad o de protección a las personas en condiciones de vulnerabilidad, para protegerla de lo que le está pasando realmente”, dijo.
“Lo que se ha pretendido acá es decir que estamos ante una persona con discapacidad cuando no lo es y es una persona con todas sus facultades mentales plenas, según manifestaron los peritos. Tenía una disfuncionalidad social, pero no cognitiva. Debemos prestar atención a cómo se están juzgando los delitos de abuso sexual. Aquél que es culpable, debe ser condenado con todo el rigor de la ley, pero condenarlo con todas las garantías constitucionales que no han sido derogadas por más que se pretenda que los hombres no tengamos derecho a una defensa justa”, postuló.